
Como cada mes de junio, se acerca la celebración de la noche de San Juan, una de las veladas más mágicas y emotivas de todo el calendario festivo, especialmente para Telde, como patrón de la ciudad. En esta jornada es tradición el encendido de hogueras como símbolo de renovación, esperanza y comunidad. Es por ello que el Ayuntamiento de Telde establece una normativa dentro de su ámbito territorial para realizar dicha quema.
Como punto principal, todas las hogueras y fuegos artificiales que se realicen deben estar debidamente autorizado por la institución local. Por un lado, las fogatas que se sitúan en zonas próximas a terrenos forestales o en su interior requieren de una autorización del Cabildo de Gran Canaria, además del Ayuntamiento de Telde. Cabe destacar que el silencio administrativo tendrá efecto desestimatorio, por lo que si no ha obtenido una respuesta positiva de la administración NO podrá encenderse.
Por su parte, las hogueras y pirotecnia que se sitúen alejadas de terrenos forestales requerirán de comunicación previa solo al Ayuntamiento de Telde. En este caso, el silencio administrativo tendrá efecto estimatorio, por lo que SÍ podrá realizar la celebración, siempre y cuando se respeten las condiciones establecidas.
Una vez comunicada a la administración local y obtenida la autorización favorable, se deberá tener en cuenta varias condiciones para su celebración. El solicitante de la hoguera deberá permanecer en el entorno designado durante todas las fases del desarrollo, desde el inicio de la quema hasta su extinción. El encendido de cualquier fuego estará permitido a partir de las 17.00 horas del 23 de junio y hasta las 4.00 horas del 25 de junio. No se abandonará la zona hasta la comprobación efectiva de su extinción.
Es importante conocer que la pila de materiales que formen la hoguera no podrá sobrepasar los 4 metros de altura y deberá disponer de un perímetro de seguridad de 6 metros alrededor del espacio encendido. De esta manera, se prohíbe la intervención de personas menores de edad, debiendo permanecer a una distancia prudencial. No se deben emplear materiales inflamables, elementos de composición plástica ni residuos que puedan emitir gases contaminantes, tóxicos o molestos durante su combustión, tales como neumáticos, electrodoméstico, sprays u otros combustibles no orgánicos que puedan generar daños medioambientales y/o a la salud de las personas.
Queda terminantemente prohibida las hogueras en zonas de playas, zonas forestales y espacios naturales protegidos, así como el lanzamiento de globos o artefactos que contengan fuego (la pirotecnia deberá estar autorizada).
La hoguera deberá situarse a una distancia mínima de 50 metros de cualquier edificación, tendido eléctrico, instalación de cualquier tipo o vehículos. Está prohibido colocar la hoguera sobre cualquier tipo de pavimento urbanizado, ya sea asfalto, embaldosado, jardinería pública o elementos del entramado urbano.
Si se observa que la pila preparada para una hoguera no cumple con las medidas de seguridad establecidas, se comunicará al responsable para que la retire a la mayor brevedad posible. El incumplimiento de la prohibiciones o condiciones establecidas podrá dar lugar a la imposición de la correspondiente sanción a los autores de las hogueras, además de imputar a los mismos los gastos ocasionados.
Ante cualquier posible incidencia o emergencia, se deberá contactar con la Policía Local (928139060), Protección Civil (928692358) y/o el Centro Coordinador de Emergencias 112.
Ana Santana | Lunes, 23 de Junio de 2025 a las 17:45:49 horas
Y el año pasado y el anterior, donde estaba esa noticia?
Y los voladores en fiestas cerca de las casas y calles llenas de cables eléctricos por todas partes y torres eléctricas ?
Y las fiestas en zonas rurales llenas de casas, terrenos y animales?
Me parece que aquí se ha llegado tarde y mal .
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