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Imagen de archivo de viajeros llegando a Canarias durante la pandemia / EFE Miguel Barreto Imagen de archivo de viajeros llegando a Canarias durante la pandemia / EFE Miguel Barreto

Amplían hasta septiembre los cribados para entrar en Canarias

La medida es necesaria para contener los casos importados de coronavirus desde otros puntos del territorio nacional y mientras se acelera el ritmo de vacunación

dojeda Miércoles, 28 de Julio de 2021 Tiempo de lectura:

La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha ampliado hasta las 24.00 horas del día 30 de septiembre la realización de cribados para contener la transmisión del SARS-COV-2 mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima.

 

Esta nueva prórroga será efectiva desde las 00.00 horas de este 1 de agosto, tras la publicación de la Orden del consejero de Sanidad, Blas Trujillo, en el Boletín Oficial de Canarias, y constituye, según este departamento, una medida necesaria para continuar con el control y contención de casos importados de coronavirus en viajeros procedentes de otros puntos del territorio nacional.

 

Añade Sanidad que desde su implantación, el 18 de diciembre de 2020, el cribado mediante PDIA a los pasajeros que entran a Canarias desde el territorio nacional ha sido una medida efectiva para el control de la pandemia.

 

Durante el mes de julio un 96 por ciento de viajeros nacionales que llegaron a Canarias han cumplido con los requisitos recogidos en la norma.

 

La Consejería de Sanidad modificó a principios del mes de julio la norma, excluyendo de la realización de cribados mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros menores de 12 años que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

 

Para el resto de población mayor de 12 años (o con 12 años cumplidos) continúa vigente la normativa que obliga a someterse a la realización de una PDIA para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada a Canarias.

 

Según la norma en vigor, no se exige la presentación de PDIA negativa en el momento de la entrada a Canarias en los siguientes casos, además de a los menores de 12 años:

 

-Personas en tránsito a través del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, es decir, aquellas que hagan escala en Canarias cuyo destino final sea otro país u otro lugar del territorio nacional.

 

-Personas que acrediten haber estado fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por un plazo inferior a 72 horas previas a la llegada, con independencia de su lugar de residencia.

 

-Personas vacunadas contra la COVID-19 con la pauta completa de vacunación dentro de los 8 meses previos al desplazamiento, o bien con una dosis con más de 15 días de antelación y dentro de los cuatro meses previos al desplazamiento.

 

-Personas que hayan pasado la enfermedad con menos de 6 meses de antelación a la fecha del desplazamiento.

-Personas que acrediten una reserva en un establecimiento turístico de alojamiento inscrito en el Registro General Turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias. EFE

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