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Telde.- El Consejo de Gobierno acordó en su sesión de hoy, jueves 21 de enero, modificar el nivel de alerta establecido en la isla de Lanzarote para elevarlo hasta el nivel 4 (ahora está en el 3) debido a la evolución desfavorable de los indicadores epidemiológicos en los últimos días, con el fin de doblegar la curva de contagios en esa isla.
Estas medidas también se aplican a La Graciosa, isla adscrita a Lanzarote para este tipo de situaciones epidemiológicas. El Hierro pasa, en cambio, del nivel 1 al 2 a partir de las 00.00 de este viernes.
El cambio de nivel para Lanzarote y La Graciosa entrará en vigor a partir de las 00.00 de este sábado, 23 de enero, en otra actualización del semáforo de incidencia acumulada (IA), que se publica en el portal www.gobiernodecanarias.org/principal/coronavirus/semaforo.
Tal y como se recoge en el informe epidemiológico de la Dirección General de Salud Pública actualizado a día de hoy, en Lanzarote la IA a 7 días ha pasado a ser 25 veces más en poco más de 3 semanas. Desde el 8 de enero pasado, ha superado el umbral de lo que se considera un “riesgo muy alto” en ese indicador de transmisión.
Dada la evolución de los indicadores y la combinación del resultado de los indicadores para la evaluación del riesgo, se considera que la isla de Lanzarote ha de incrementar su nivel de alerta al nivel 4. Esa decisión se sustenta en el informe emitido por la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud (SCS) con fecha de hoy, que refleja que, atendiendo a los indicadores de IA, a la trazabilidad del virus y a los datos de capacidad asistencial, el Gobierno de Canarias debe elevar a nivel de alerta 4 (semáforo marrón) a Lanzarote y La Graciosa.
La decisión de activar el nivel de alerta 4 en Lanzarote responde a criterios científicos acordados y aprobados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y que están tasados y se aplican en cada ámbito (social, laboral, restauración, ocio, deportes, etcétera) según los indicadores y los niveles de alerta establecidos.
Medidas y restricciones en el nivel de alerta 4.
Aforo entre no convivientes en espacios públicos y privados. En el nivel de alerta 4, la permanencia de personas tanto en espacios de uso público como privado cerrados o al aire libre queda limitada a las personas convivientes, salvo en hostelería y restauración, respetando el número máximo de cuatro usuarios por mesa. En el caso de que el grupo esté constituido por convivientes y no convivientes, no se sobrepasará el número máximo de personas establecido, que es de 2.
Limitación de cierre a las 18.00 en todas las actividades, servicios o establecimientos, salvo la actividad industrial y el comercio mayorista; comercios minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; centros y servicios sanitarios, centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil, academias de idiomas y de refuerzo educativo de asignaturas incluidas en planes de estudios de educación reglada, conservatorios y escuelas de música; servicios profesionales, servicios de seguros, y empleados del hogar; servicios públicos esenciales; servicios sociales y sociosanitarios; centros o clínicas veterinarias; establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustibles para automoción; alquiler de vehículos y las estaciones de inspección técnica de vehículos; servicios de entrega a domicilio; comedores sociales; servicios funerarios y velatorios; centros deportivos al aire libre para la práctica deportiva individual; centros para la ejecución de medidas judiciales y servicios de mediación penal de menores y puntos de encuentro familiar; restaurantes y cafetería para la entrega a domicilio y recogida en el local; establecimientos de restauración integrados en establecimientos de alojamiento turístico exclusivamente para el uso de sus clientes, centros sanitarios, establecimientos con servicios de comedor de carácter social y de centros de trabajo destinados a sus trabajadores y de centros de educación.
Se mantiene la restricción de entrada y salida de personas en Lanzarote, salvo por causa justificada que se produzca por alguno de los motivos contemplados en el artículo 6 del Real Decreto-ley 926/2020, de 25 de octubre. Esta medida podría complementarse con limitaciones que puedan establecerse en ámbitos territoriales inferiores al insular en función de la situación epidemiológica.
La limitación de la libertad de circulación de personas en horario nocturno continúa establecida como hasta ahora, es decir, entre las 22.00 y las 6.00 horas en todos los días. Estas limitaciones no afectan a la realización de las actividades esenciales recogidas en el artículo 5 del Real Decreto-ley 926/2020, de 25 de octubre, como son la adquisición de medicamentos y productos sanitarios en oficinas de farmacia; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales, y asistencia y cuidado de animales domésticos o en explotaciones ganaderas.
Medidas generales para el ámbito laboral
La prestación de servicios se realizará, preferentemente, de modo telemático en aquellos casos en los que sea posible o estableciendo turnos que limiten lo máximo posible el contacto entre trabajadores. Solo se permitirán reuniones laborales imprescindibles, garantizando siempre el uso de mascarilla, la distancia interpersonal y el aforo del 33%.
Medidas específicas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías
En el nivel de alerta 4, no se podrá superar el 50% del aforo autorizado en terrazas al aire libre, quedando prohibido el servicio en zonas interiores. La ocupación máxima por mesa será de cuatro personas y está prohibido el consumo en barra. No podrá prestarse el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 18.00 horas. Se podrá prestar el servicio de recogida en el propio local y la entrega a domicilio hasta las 22.00 horas
























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