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Viernes, 10 de Abril de 2026

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Sede del Tribunal Supremo (Foto TA) Sede del Tribunal Supremo (Foto TA)

El TS confirma la denegación del indulto a un teldense condenado por delitos contra la seguridad vial

Cumplirá 7 meses de pena por conducir bebido en 2009

cojeda Lunes, 29 de Junio de 2015 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD

Telde.- El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el vecino de Telde Samuel de Jesús D.S., de 35 años en la actualidad,, contra la resolución del Consejo de Ministros que el 25 de julio de 2014 le denegó el indulto sobre las condenas por delitos contra la seguridad vial que le había impuesto el Juzgado de lo Penal número seis de Las Palmas en octubre de 2009.

 

La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo rechaza las alegaciones del acusado sobre los perjuicios que le va a causar ingresar en prisión por hechos sucedidos hace más de cinco años, recuerda que la media de gracias es un «acto discrecional del Gobierno» en el que la Justicia no puede entrar a corregir las valoraciones, sólo los aspectos reglados del procedimiento, y subraya que en el caso el Ejecutivo pidió informes tanto al Ministerio Fiscal como al juez que dictó la sentencia y ambos se mostraron desfavorables a la concesión de la gracias total o parcial, según informa Canarias7.

 

Expone el Alto Tribunal que precisamente el juez sentenciador  “apreció circunstancias que evidencian una objetiva peligrosidad criminal del penado”.

 

El Juzgado de lo Penal condenó a Samuel de Jesús D.S. a 1.260 euros de multa y 45 días de trabajos en beneficio de la comunidad como autor de un delito contra la seguridad vial por conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y a siete meses de prisión por negarse a someterse a la prueba de alcoholemia.

 

El juez le concedió la suspensión de la pena en junio de 2010, pero revocó esta suspensión en abril de 2013, pues después de dictarse la sentencia el imputado fue nuevamente condenado el 15 de noviembre de 2010 a pagar una multa de 1.440 euros por un delito no especificado en el fallo del Tribunal Supremo.

 

Fuente: Texto de Antonio F. Gándara (Canarias7)

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