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Sede de IUC en Telde (Foto TA) Sede de IUC en Telde (Foto TA)

IUC de Telde pide la "condena institucional" del franquismo como "régimen criminal"

La fuerza de izquierda reclama el reconocimiento de la "legalidad democrática" de la II República Española y la instauración de un estado laico

cojeda Sábado, 21 de Noviembre de 2015 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD

Telde.- Izquierda Unida Canaria de Telde exige en un comunicado que las instituciones del Estado condenen el franquismo como “régimen criminal” y el reconocimiento de la “legalidad democrática de la II República Española”, al tiempo que pide que se fije un “día de recuerdo y homenaje a las víctimas del franquismo”.

 

Comunicado de IUC de Telde

La Iglesia permite que se celebren 20 misas por toda España en honor a ‘San Franco’

Banderas anticonstitucionales, brazos en alto y entonaciones del Cara al Sol, liturgia en los homenajes al dictador por el 40 aniversario de su muerte

Elplural.com | 21/11/2015

Celebramos los aniversarios de los siervos de Dios Francisco y José Antonio”. Así comenzó el sacerdote, llegado desde Paracuellos del Jarama para la ocasión, la misa homenaje al dictador y al fundador de Falange celebrada ayer, viernes, en la Iglesia de San Fermín de los navarros en Madrid.

 

Ante estos lamentables  y permitidos por las instituciones   "democraticas" actos de enaltecimiento del terrorismo,  desde Izquierda Unida Canaria en Telde exigimos:

 

Memoria democrática

Exigimos a las instituciones del Estado la condena del franquismo como régimen criminal en los términos declarados por la ONU, de conformidad con las Resoluciones de las Naciones Unidas adoptadas por unanimidad por la Asamblea General de la ONU el 9 de febrero y el 12 de diciembre de 1946, y el reconocimiento de la Legalidad democrática de la II República Española.

Exigimos al Estado español el reconocimiento jurídico, político y social de cuantas personas defendieron la legalidad Republicana y de quienes lucharon contra el franquismo, el fascismo y el nazismo. De igual modo, exigimos el reconocimiento de la condición de excombatientes por la libertad a los guerrilleros y guerrilleras, puntos de apoyo y enlaces antifranquistas y demás antifascistas que combatieron junto a los aliados en la II GM, equiparándolos a los militares de la República, así como el reconocimiento institucional para quienes integraron el Ejército Popular y las fuerzas de seguridad que se mantuvieron leales a la II República Española.

 

Demandamos el pleno reconocimiento jurídico de todas las víctimas del franquismo, el fascismo y el nazismo, dándoles similar trato y reconociéndoles los mismos derechos que los reconocidos a otros colectivos de víctimas de violencia y de agresiones a los Derechos Humanos; civiles asesinados, desaparecidos, condenados a penas de presidio y en batallones de trabajadores penados, muertos en prisión, exiliados, víctimas de torturas, violaciones o violencia sexual, población civil víctima de los bombardeos fascistas durante la Guerra Civil, deportados y demás víctimas republicanas de la persecución nazi, bebés robados, sus padres y madres, menores víctimas de orfanatos y preventorios franquistas, empleadas y empleados públicos depurados, víctimas del expolio de sus bienes, represaliados por su orientación sexual, rapadas, etc…

 

Las propuestas que contiene este documento, y que a continuación se enumeran, encuentran su fundamento y apoyo en los Informes emitidos por el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias y en el Informe sobre el Estado Español del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, Pablo de Greiff, (ambos presentados en septiembre de 2014 en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas), cuyas recomendaciones exigimos, de manera irrenunciable, que sean cumplidas por parte del Estado español.

 

El derecho a la verdad

1.      Asunción explícita por parte del Estado español de la responsabilidad de garantizar el derecho a la Verdad de las víctimas del franquismo y del conjunto de la sociedad española, conforme las recomendaciones de las Naciones Unidas.

 

2.     Apertura y libre acceso a todos los archivos públicos y privados existentes en la actualidad (policiales, diplomáticos, militares, de inteligencia militar, penales, judiciales, carcelarios, municipales, de Falange Española y de las J.O.N.S., Sección Femenina, eclesiásticos, de hospitales, clínicas y maternidades), y todos aquellos relacionados en general o particular con la represión franquista y su herencia posterior.

 

3.     Desclasificación y catalogación de todos los documentos contenidos en dichos archivos para asegurar el acceso a la información y garantizar el derecho a la justicia y reparación de las víctimas de la dictadura.

 

El derecho a la justicia

4.     Anulación de la Ley de Amnistía de 1977 en los apartados que permiten la impunidad de los crímenes franquistas.

5.     Ratificación de la “Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad”.

6.     Creación de una Fiscalía especializada para la investigación y persecución de los crímenes del franquismo.

 

7.     Localización y judicialización de todas las fosas comunes del franquismo, declarando por ley la responsabilidad directa e ineludible del Estado Español respecto a la exhumación de las fosas comunes. De igual forma, el Estado Español deberá promover y alcanzar los acuerdos y convenios internacionales que sean necesarios con aquellos países en cuyos territorios haya fosas comunes de españoles víctimas del fascismo y nazismo, para localizar, exhumar, identificar y repatriar sus restos a territorio del Estado.

 

8.     Reconocimiento como un problema de Estado el robo masivo y sistemático de bebés, durante décadas y en todo el territorio español, desde 1936 hasta bien entrada la democracia; realizar una investigación efectiva de los hechos que permita la búsqueda de los “niños” y “niñas” desaparecidos, hoy adultos cuya identidad ha sido robada; promulgación de leyes que permitan la persecución y enjuiciamiento de las personas culpables de este delito que, inexorablemente, deberá considerarse como un crimen contra la humanidad.

 

El derecho a la reparación

9.     Declarar por Ley la nulidad de todas las acciones legales de carácter represivo del régimen franquista e ilegales los Consejos de Guerra, el Tribunal de Represión de la Masonería y el Comunismo, el Tribunal de Orden Público, los Tribunales de Responsabilidades Políticas y cualesquiera otros órganos penales o administrativos de la Dictadura Franquista, así como nulas de pleno derecho las resoluciones dictadas y condenas impuestas por estos organismos.

 

10.   Establecer una legislación que permita el reconocimiento y, en su caso, el tratamiento de los daños o traumas ocasionados a las víctimas y la recuperación e indemnización a cargo del estado, o de los responsables patrimoniales si existieran, de los bienes expoliados a personas físicas o jurídicas por motivos políticos, religiosos o de represalias de cualquier tipo. Fijación de un sistema de resarcimiento económico actualizado, en términos actuariales y que se corresponda con la realidad económica y social española, a todo tipo de víctimas aún vivas, herederos y sus familias.

 

11.    Exigencia de responsabilidad a aquellas empresas e instituciones que se beneficiaron del trabajo forzado de prisioneros de guerra, así como de presos y presas. Abrir sus archivos de cara al esclarecimiento de estos hechos y señalizar estos lugares, de cara a que las generaciones presentes y futuras sean conocedoras de esta realidad.

12.    Solución definitiva para el Valle de Cuelgamuros (de los Caídos), consistente en el traslado de los restos del Dictador Francisco Franco como del Fundador de Falange José Antonio Primo de Rivera, identificación de las víctimas represaliadas enterradas en el Valle de Cuelgamuros y su devolución a las familias que lo soliciten y desacralización del lugar, trasladando a la orden benedictina y desmantelando la cruz, que “representa al nacional-catolicismo”. Así como, reconvertir el Valle en un memorial de la represión franquista.

Garantías de no repetición

13.    El Ministerio de Educación y las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas deberán establecer, para los diferentes niveles de enseñanza y sus contenidos curriculares, una normativa acorde con la verdad histórica de la II República, el Golpe de Estado del 18 de julio del 36, la Guerra Civil, la Dictadura, la represión franquista y la transición. A tales efectos, las instituciones educativas deberán comprobar y subsanar los contenidos en los libros de texto sobre historia, contemplándolos desde la objetividad y la transparencia sin negacionismos ni revisionismos, en el que la enseñanza de los valores religiosos quede además fuera del ámbito escolar y relegada al ámbito privado.

 

14.    Condena de los actos de exaltación franquista y de negacionismo histórico e ilegalización de cualquier organización, partido, fundación o asociación que ensalce, justifique o fomente la ideología, la violencia y todos los actos que el franquismo ejecutó y promulgó desde el 18 de Julio de 1936. De igual modo demandamos la retirada de simbología franquista de espacios públicos y privados y la anulación de conmemoraciones y títulos que reconozcan a personas vinculadas al régimen franquista.

 

15.    Adoptar las medidas necesarias para el reconocimiento social y cultural de los lugares de la memoria democrática y antifascista. A tales efectos, se procederá a la localización, catalogación y declaración como patrimonio histórico de los lugares de memoria y a su señalización mediante monumentos, placas y paneles que expliquen los hechos que tuvieron lugar.

 

16.    Establecimiento de un día de recuerdo y homenaje a las víctimas del franquismo. Que por parte de las Instituciones del Estado se declare un día conmemorativo, de especial significación para las víctimas de la dictadura, como día de recuerdo y homenaje a las Víctimas del franquismo.

 

17.    Se propone como fecha, el día 1 de Noviembre, ya que en la Ciudad de Telde tradicionalmente en esa fecha  se viene celebrando actos de homenaje a las víctimas.

Consideramos que estas propuestas, así como las reivindicaciones de los diferentes colectivos de víctimas del franquismo y del fascismo, deben plasmarse durante la próxima legislatura en la legislación necesaria para el reconocimiento de nuestra memoria democrática y antifascista y acabar definitivamente con la impunidad del franquismo y con la situación de flagrante injusticia que han tenido que soportar durante décadas centenares de miles de personas.

 

De otro lado, Izquierda Unida Canaria en Telde propone un Estado Laico como ocurre en la mayor parte de las democracias avanzadas del mundo:

1.- Por razones de democracia:

•       Garantizar la libertad de conciencia individual

•       Recuperar la igualdad ante la Ley de todos los ciudadanos

•       Eliminar cualquier tipo de privilegio o discriminación en el trato económico y fiscal para todas las entidades de carácter privado, sean religiosas o no, con el fin de asegurar el principio democrático de la igualdad de derechos ante la Ley y la separación de los ámbitos público y privado

•       Asegurar una Educación laica, como derecho universal, igual e integrador, dentro de un proyecto común de ciudadanía.

•       Denuncia y Anulación del Concordato de 1953 y de los Acuerdos concordatarios del Estado español con la Santa Sede de 1976 y 1979. Además de aquellos que se han firmado con otras confesiones religiosas

•       Derogación de la actual “Ley de Libertad religiosa de 1980” y elaboración de una “ley de Libertad de Conciencia” que proteja y garantice la libertad de pensamiento, conciencia y convicciones y su práctica, sin distinciones, ni privilegios.

 

2.-Por razones de justicia económica y fiscal

•       La supresión, por parte del Estado, de todo tipo de financiación de la iglesia católica y de otras confesiones, incluidas las exenciones fiscales.

•       Según los cálculos de Europa Laica, la Iglesia Católica percibe más de 9.500 millones de euros de forma directa o indirecta (colegios, personal sanitario, capellanías, etc.)

•       Eliminar de la “Ley de de Mecenazgo” (49/2002) y de otras leyes, normas y ordenanzas estatales, autonómicas y locales, los enormes privilegios fiscales de la iglesia católica y de cualquier confesión religiosa, así como de sus entidades, organizaciones, asociaciones y empresas, por cuanto supone la equiparación de hecho con las entidades sin ánimo de lucro y la exención total o parcial en los diferentes impuestos de ámbito estatal autonómico o local (Sociedades, Patrimonio, Actos Jurídicos, IBI, Impuesto sobre Construcciones, IAE, Sucesiones y Transmisiones Patrimoniales.

•       Exigimos que una vez que la Ley Hipotecaria ha sido modificada y la Iglesia católica ya no tiene consideración de corporación de derecho público, el Estado por vía legislativa debe declarar como actos nulos todas las propiedades rústicas y urbanas registradas por la Iglesia católica,  por dicho  procedimiento restituyéndolas a su anterior situación registral. Para ello se ha de hacer, previamente, un listado y balance de todo lo in-matriculado por la Iglesia católica desde 1946, hasta junio de 2015.

•       Se suprimirá la “Obra Pía de los Santos Lugares” y la “Obra Pía de los establecimientos en Italia“, como entidades de carácter público. Su patrimonio pasará a ser propiedad del Estado español, salvo aquellos que se entre en litigio con un país soberano, con el que habrá que negociar la titularidad, en el marco de las normas internacionales.

 

Características del Estado laico que proponemos:

1.      En el nuevo texto constitucional fruto de un proceso constituyente, el Estado debe declararse como laico.

•       Garantizar la libertad de pensamiento, conciencia, religión y otras convicciones de las personas, sin más limitación en su manifestación y organización que la necesaria para el cumplimiento de los principios establecidos en la Constitución y en las leyes.

•       Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, creencias o religión.

•       En el sistema educativo la religión, en sus formas confesionales, no formará parte del currículo y del ámbito escolar. Ello con el fin de respetar los derechos de toda la comunidad educativa, sin discriminación ni privilegios, evitando todo tipo de segregación de los escolares por razones de ideas o creencias. No se subvencionarán, en ningún caso, centros educativos con ideario propio,  ya sea de carácter religioso o de otra naturaleza ideológica particular. La prioridad del Estado es la Escuela Pública.

•       Las Iglesias, confesiones y comunidades religiosas, así como las organizaciones filosóficas o ideológicas constituidas en torno a convicciones de carácter no religioso, y sus respectivas federaciones, en cuanto a asociaciones sometidas al derecho común, gozarán de personalidad jurídica una vez constituidas, con arreglo a los preceptos de la  Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación, sin ningún tipo de excepcionalidad, como contempla en la actualidad dicha Ley.

•       Derogación en actual Código Penal de los artículos 522 a 525, que tipifican como delito la supuesta ofensa a los sentimientos religiosos, en relación con sus actos o ceremonias, tanto de palabra como de forma escrita.

•       Supresión en el Código Civil de la validez civil de los matrimonios y nulidades matrimoniales religiosas.

 

2.- Medidas sobre cuestiones simbólicas

•       Garantizar la neutralidad ideológica de las administraciones públicas

•       Ninguna autoridad pública o funcionario, podrá participar en actos de carácter confesional, en calidad de tal.

•       Eliminar cualquier tipo de simbología religiosa en los actos oficiales, así como en lugares y edificios de titularidad pública y en aquéllos que tengan tal condición, aunque sean gestionados por actores privados o estén sometidos al derecho privado.

•       Supresión de cualesquiera honores civiles u homenajes públicos (condecoraciones, votos o nombramientos civiles) a imágenes, advocaciones, santos o símbolos religiosos. Asimismo, tampoco se vinculará a los poderes públicos (personas o entidades) con ritos o imágenes de carácter religioso.

•       Quedarán sin efecto los honores o nombramientos que se hayan realizado hasta ahora.

•       Se suprimirá la celebración de ceremonias religiosas en los actos oficiales que organice Estado, desde cualquiera de sus ámbitos, como en tomas de posesiones, funerales por catástrofes, reconocimientos de méritos, rendición de honores etc.

•       Supresión de cualquier presencia oficial de las fuerzas armadas o de seguridad del Estado, así como de símbolos e himnos del Estado, en los actos religiosos.

•       Adecuación a la no confesionalidad del Estado establecida en la Constitución, de los reglamentos de honores y protocolo de las Administraciones públicas, así como de los entes públicos, del ejército y fuerzas del orden y de las universidades.

•       Eliminación de las capillas de cualquier lugar público dependiente de la administración central o periférica, ya sea escolar o universitario, sanitario, servicios sociales, centro penitenciario, juzgados, cuarteles militares o de las fuerzas de orden público, embajadas y consulados, etc.

•       Supresión de la figura de los “capellanes funcionarios católicos” y, en su caso, de otros representantes religiosos de los ejércitos, hospitales y cárceles. Así como del Arzobispado Castrense de España. Cualquier persona, que permanezca en centros penitenciarios u hospitales, y que por su especial circunstancia, no se pueden desplazar a un centro de culto y solicite asistencia religiosa de cualquier naturaleza, tiene el derecho a hacerlo y ser atendido, sin que sea necesaria la existencia de estos funcionarios capellanes.

•       Supresión de la emisión de culto o ritos de carácter religioso a través de la televisión, radio o cualesquiera medios de comunicación de titularidad pública.

•       Los cementerios serán civiles, se asegurará que los familiares de los difuntos,  que puedan celebrar las ceremonias que les parezcan pertinentes.

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