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Más por Telde advierte de que las convocatorias de las juntas de Gestel y Fomentas incumplen la Ley

Pide que se anulen y se realice una nueva cita

cojeda Jueves, 21 de Mayo de 2015 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD

Telde.- Más por Telde ha pedido por escrito que se anulen las convocatorias para este jueves de las juntas generales de las empresas públicas Gestión de Telde (Gestel) y Fomentas “al no cumplir lo estipulado por la Ley de Sociedades de Capital” para su  celebración y aprobación de las cuentas generales.

 

El partido que lidera Juan Francisco Artiles insta a la Alcaldía a “realizar una nueva convocatoria conforme a la legalidad marcada por la citada Ley de Sociedades”.

 

Escrito de Más por Telde

Don Juan Francisco Artiles Carreño, Concejal electo del M. I. Ayuntamiento de la Ciudad de Telde, portavoz del Partido Político Más por Telde ante usted comparece y, como mejor proceda, en Derecho expone lo siguiente:

 

Con fecha 20 de mayo de 2015, este grupo político ha  recibido convocatoria de de las Juntas Generales de las sociedades Gestel y Fomentas para celebración en sesión extraordinaria y urgente el día 21 de mayo a las 9,15 y 9,30  horas respectivamente.

 

En el RD Legislativo 1/2010 de 2 de julio de la Ley de Sociedades de Capital, en su Título V, Capítulo III, artículos 163 y siguientes, se establecen los tipos de Juntas Generales sin que se encuentre legislada la convocatoria “Urgente” a la que, por otra parte, tan acostumbrado está el gobierno municipal, cuando convoca sesiones de Pleno, para mantener su política de no-transparencia y de denegación de información a las grupos políticos de la oposición.

 

Muy al contrario la Ley establece, en el caso de las sociedades limitadas, la obligatoriedad de convocar las Juntas con, al menos 15 días entre la recepción de la convocatoria y la celebración de la Junta, artículo 176.1.

 

Así mismo, establece el artículo 222 “2. A partir de la convocatoria de la junta general, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como en su caso, el informe de gestión y el informe del auditor de cuentas. En la convocatoria se hará mención a este derecho”. Razón por la que la ley, en el caso de la actividad empresarial, no da a los administradores que gobiernan la sociedad la posibilidad de convocatoria “Urgente” como medio para ocultar la información a los accionistas.

 

En su artículo 164, la Ley de Sociedades estipula que las cuentas anuales serán aprobadas dentro de los seis primeros meses del ejercicio siguiente al que corresponden las cuentas mediante la convocatoria de Junta Ordinaria, sin contemplar excepción alguna: “ Artículo 164 Junta ordinaria.- 1. La junta general ordinaria, previamente convocada al efecto, se reunirá necesariamente dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio, para, en su caso, aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado.”

 

En la documentación recibida por este grupo político no constan las cuentas, memoria, y propuesta de distribución de resultados de la sociedad Fomentas.

 

Según consta en el Informe de Auditoría de la sociedad Fomentas, los auditores, han considerado necesario emitir su opinión con el calificativo de Auditoría Denegada puesto que consideran que no tienen la información necesaria para emitir la opinión que legalmente les corresponde; situación que tienen como primera consecuencia que las cuentas no podrán se inscritas en el Registro Mercantil, conforme a las últimas Resoluciones de la Dirección General de Registros y Notariado.

 

Con la negativa del auditor a informar sobre estas cuentas y su no inscripción en el Registro Mercantil, existiría una clara responsabilidad personal de los consejeros o representantes del accionista que las aprobaran, ante cualquier reclamación de bancos, clientes o proveedores de Fomentas.

 

En cuanto a las responsabilidades como concejales del ayuntamiento de Telde debemos señalar que los partidos del gobierno reinciden en presentarnos las cuentas de Fomentas y Gestel sin el preceptivo informe de la Intervención municipal al formular la Cuenta General conforme a las obligaciones que establece la Ley de Haciendas Locales.

 

Desde Más por Telde manifestamos, una vez más, la extrañeza que nos produce el hecho de que estos actos contrarios en su totalidad a la Ley de Sociedades de Capital se produzcan con el clamoroso y cómplice silencio del Secretario del Pleno y de la Intervención municipal.

 

Por todo lo expuesto,

 

Solicito

1.- Se tenga por presentado este escrito y se dé curso a su tramitación.

 

2.- Se anule la convocatoria de Junta General de las sociedades Gestel y Fomentas al no cumplir lo estipulado por la Ley de Sociedades de Capital en relación con la convocatoria de Juntas de Accionistas y Aprobación de las Cuentas Anuales.

 

3.- Se proceda a realizar una nueva convocatoria conforme a la legalidad marcada por la citada Ley de Sociedades.

 

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