TELDEACTUALIDAD
Telde.- El Tribunal Supremo ha condenado a la Empresa Municipal de Suelo y Vivienda de Telde (Urvitel), la actual Fomentas, a pagar 346.725 euros a Gestión de Cooperativas Europa (GCE) por dos facturas pendientes de cobro correspondientes a la promoción de viviendas de protección oficial que el grupo desarrollaba en el barrio de El Goro.
Así se desprende de una sentencia dictada por el alto tribunal del pasado 21 de enero y en la que se reconoce la obligación de Urvitel, entidad que se encuentra en concurso voluntario de acreedores desde julio de 2007, a hacer frente a dos certificaciones de obras que fueron realizadas por la constructora Mequinso y que Cooperativas Europa abonó. Una por importe de 60.633 euros y otra que asciende a los 286.091.
Además, el fallo también estima que la empresa municipal deberá abonar los intereses legales generados en este tiempo por dicha cantidad, por lo que el montante económico total superará los 350.000 euros.
Un periplo judicial inciado en el 2010
La reclamación se remonta al año 2010, cuando el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Telde desestimó una demanda presentada por GCE contra Urvitel en la que se exigía el pago de 2,3 millones de euros en concepto de las obras ejecutadas en la promoción de viviendas de vpo en los terrenos municipales de La Jardinera.
Gestión de Cooperativas Europa apeló ante la Audiencia Provincial de las Palmas alegando los motivos siguientes: que el auto del juzgado teldense omite el incumplimiento por parte de Urvitel de atender sus obligaciones en relación con las promociones inmobiliarias desarrolladas por el grupo en Telde; un error en la interpretación de las estipulaciones tercera y séptima del contrato suscrito entre las partes y, por último que ha existido una indebida desestimación, en cualquier caso, de una parte de la reclamación, la correspondiente a los pagos hechos por obras realizadas, pues por el contrato suscrito entre las partes, Gestión de Cooperativas Europa no tenía la obligación de pagar los costes por la ejecución de la obra.
Siendo estimado el recurso parcialmente, únicamente en lo que respecta a las certificaciones de obra, la Audiencia Provincial consideró que el objeto del contrato suscrito entre el Grupo Europa y Urvitel se limitaba a la "asistencia técnica, asesoramiento y gestión para todas las actividades inherentes a la promoción de viviendas", reconociendo también que "en ningún caso, la actora se obligaba a pagar el coste de ejecución de obras realizadas, pues se comprometía a la gestión de la contratación y dirección de la obra, y las reclamaciones con el contratista".
No obstante, contra este fallo judicial, Urvitel elevó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo y, posteriormente, solicitó la suspensión del mismo por la "existencia de prejudicialidad penal".
Ahora, tres años y medio más tarde y coincidiendo con la vista oral del conocido como Caso Europa que trata de dilucidar si existió un pago de comisiones ilegales por parte del entramado empresarial a diversos funcionarios y políticos del Ayuntamiento de Telde, así como al diputado regional Jorge Rodríguez; la Sala del Tribunal Supremo ha denegado la petición de Urvitel y declara firme la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas.
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