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AIEM: La cuestionable validez de las leyes en Canarias

Cristina Viernes, 07 de Marzo de 2014 Tiempo de lectura:

Carta al Sr. Rajoy, Presidente del Gobierno de España con copia a su Majestad el Rey de España. Muy Sres. Míos: Me permito dirigirles esta carta para darles traslado de la preocupación que tenemos muchos canarios sobre la validez de las leyes en nuestra tierra, sin que pretenda generar con la anterior afirmación, escándalos ficticios o polémicas sin argumentos.
 
AIEM: Arbitrio a la importación y exportación de mercancías a las Islas Canarias. Es un impuesto que se paga previamente, a la Administración Autonómica, para poder importar nuestras mercaderías. Este impuesto actualmente grava a una larguísima lista de productos, tanto de los considerados esenciales como los que no. Se viene pagando (yo lo considero “indebidamente- ilegalmente”) desde el año 2002 y ello ha supuesto al conjunto de la sociedad canaria un cobro indebido aproximadamente de 125 millones de Euros al año (unos 20.000 millones de las antiguas pesetas), lo que en los 12 años que lleva cobrándose este impuesto supone aproximadamente 200.000 millones de las antiguas pesetas); este impuesto no lo paga ninguna otra región española y ningún otro territorio Europeo.
 
¿Por qué yo entiendo que es ilegal y por consiguiente es un cobro indebido? Porque Canarias tiene desde 1982 un Estatuto de Autonomía de Canarias. Ley Orgánica 10/1982, 10 de Agosto, reformado por Ley Orgánica 4/1996 de 30 de Diciembre.
 
Título IV, de la Economía y Hacienda. Capítulo 1, del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Artículo 46.
1.-Canarias goza de un Régimen Económico-Fiscal especial, propio de su acervo histórico y constitucionalmente reconocido, basado en la libertad comercial de importación y exportación, no aplicación de monopolios y en franquicias aduaneras y fiscales sobre el consumo.
 
Franquicias. Diccionario real academia española: exención que se concede a alguien para no pagar derechos por las mercaderías que introduce ó extrae. Conclusión, si se nos ha venido obligando a pagar este arancel desde el año 2002 para poder introducir la larguísima lista de productos antes mencionada, dicho pago ha sido indebido e ilegal.
 
¿Estamos obligados o no a cumplir las leyes? ¿Están nuestros Diputados y miembros del Gobierno obligados a cumplirlas? Son dos muy sencillas preguntas y a Vd. Sr. Presidente le he oído muchísimas veces una respuesta contundente.
 
En este caso, debe producirse de manera inmediata una directriz legal a la administración canaria de cesación por parte de los operadores económicos del pago de dicho impuesto indirecto por ser contrario a nuestro ordenamiento jurídico vigente, además de otras consecuencias jurídicas y económicas que dimanarían de este supuesto.
 
Pero lo que es más grave a mi juicio, es que la aplicación en Canarias de este impuesto AIEM, (que insisto a pesar de ser invisible socialmente le cuesta a los canarios cada año ciento veinticinco millones de euros) vulnera también uno de los principios fundamentales de la Unión Europea, cual es el Mercado Único, la garantizada libre circulación de mercancías dentro del territorio interno, y que junto a la libre circulación de personas, capitales y servicios conforman la identidad programática de Europa. Y permítanme que vuelva a preguntarles, ya que Uds. Como máximos garantes de nuestro sistema jurídico deben saber, ¿es que Canarias no es Unión Europea, y por tanto, no tenemos derecho a disfrutar de una de las cuatro grandes libertades de la Unión?
 
Me gustaría sinceramente que se nos diera respuesta a las cuestiones planteadas, ya que son de gran transcendencia económica y jurídica para Canarias, y generan una gran incertidumbre jurídica, además de suponer una clara discriminación para nuestra sociedad y éste, es el peor de los momentos de generar confusión en la sociedad española en general, y en la nuestra, con nuestra gravísima situación económica, en particular.
 
Antonio Rodríguez Suárez es empresario y un ciudadano español nacido en Canarias.
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