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"No se", "No me consta"

cojeda Domingo, 09 de Febrero de 2014 Tiempo de lectura:

Entre los derechos constitucionales que tienen los imputados en su declaración ante el juez, como fue el caso de Cristina de Borbón en su declaración prestada ayer ante el juez José Castro, está la de no contestar a una, a varias o a todas las preguntas; está la de contestar con evasivas y está la de mentir.
 
Ayer Cristina de Borbón tenía todos los ases en la manga para que los delitos por los que la imputa (delito de blanqueo de capitales y delito contra la Hacienda Pública) el juez José Castro quede en “agua de borrajas”. De su lado tenía a su excelente y prestigioso abogado penalista José María Silva, que es quien la había preparado para ese día. A su lado también tenía al abogado Miquel Roca (contratado por el propio Rey para la defensa de su hija) que es el que hace de relaciones públicas de la defensa y el que tiene todos los contactos para que este tema quede en nada. Desgraciadamente, en su defensa tuvo al Fiscal Pedro Horrach, al Abogado del Estado y a la abogada del Gobierno de Baleares.
 
En cualquier otro caso, los tres últimos estarían defendiendo los intereses general y en contra de la persona imputada, pero se trata de la hija del Rey de España y eso son palabras mayores.
 
En el Auto de 7 de enero de 2014 (de 227 folios), por el que el juez José Castro imputó a la Infanta Cristina los delitos de blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública, desmenuzó los hechos presuntamente delictivos cometidos por Cristina hasta el más mínimo detalle. Si en lugar de Cristina de Borbón hubiera sido “Periquillo de los Palotes”, se estaría enfrentando a penas de cárcel.
 
Resulta interesante saber qué dice nuestro Código Penal al respecto.
 
En lo que se refiere al “delito de blanqueo de capitales”, el punto 1 del artículo 301 del Código Penal establece lo siguiente: “El que adquiera, posea, utilice, convierta, o transmita bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva, cometida por él o por cualquiera tercera persona, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción o infracciones a eludir las consecuencias legales de sus actos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años y multa del tanto al triplo del valor de los bienes. En estos casos, los jueces o tribunales, atendiendo a la gravedad del hecho y a las circunstancias personales del delincuente, podrán imponer también a éste la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión o industria por tiempo de uno a tres años, y acordar la medida de clausura temporal o definitiva del establecimiento o local. Si la clausura fuese temporal, su duración no podrá exceder de cinco años”.
 
Y en cuanto al “delito contra la Hacienda Pública”, el punto 1 del artículo 305 del Código Penal establece lo que sigue: “El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de ciento veinte mil euros será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía, salvo que hubiere regularizado su situación tributaria en los términos del apartado 4 del presente artículo”.
 
De lo que pasó ayer en el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Palma de Mallorca nos enteraremos poco a poco. De lo que ya sabemos, nada nuevo nos sorprende.
 
Manuel Delgado, el abogado de la acusación Frente Cívico, que es el único que no estaba allí para defender a Cristina de Borbón, nos ha adelantado algunas cosas que ya intuíamos que pasarían: "Se la ve aparentemente tranquila. Viene muy bien preparada", pero el juez está "preguntando con mucha precisión y rigor, está buscando la verdad dentro de las posibilidades que le permite el fiscal" (porque el Fiscal, desgraciadamente en este caso, actúa de defensor de Cristina) y para rematar la faena, añadió que "De 400 preguntas habrá respondido a 15".
 
El juez le mostró 50 facturas, pero la Infanta alegó desconocerlas, guardó silencio o se escudó en su ignorancia en asuntos de contabilidad. De su boca salió una y otra vez: "No se", "No me consta”, "Yo confiaba en mi marido"; "Mi marido me aconsejó tomar ese 50% (50% de Aizoon, empresa pantalla) y yo confiaba en su buen hacer".
 
El paseíllo de la Infanta Cristina por el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Palma solo ha servido para reafirmarnos de que, entre los herederos a ser los sucesores de la Corona de España, existe gente que o son tontas e ignorantes, o son ilusas (yo no creo ninguna de las dos cosas), que no se merecen el estatus institucional que tienen para representar la Jefatura de Estado de este país.
 
En fin, que Cristina de Borbón estaba en todo su derecho legal de mentir, callar o ignorar a todo lo que le preguntaran que la pudieran perjudicar, y eso hizo: "No se", "No me consta”, "Yo confiaba en mi marido".
 
En mi pueblo de la infancia (Arguineguín), cuando algo de lo que nos contaban no nos convencía, respondíamos con la frase: “Un huevo para tres”. Pues eso.
 
Ismael Rodríguez es abogado y articulista de TELDEACTUALIDAD.
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