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Obras del complejo comercial de la playa de Jinámar (Foto TA) Obras del complejo comercial de la playa de Jinámar (Foto TA)

El TSJC desestima el recurso de Turcón contra el Parque Marítimo de Jinámar

Contra esta decisión, que valida la actuación del Ayuntamiento de Telde, no cabe recurso ordinario alguno

ainhoa1 Miércoles, 01 de Julio de 2015 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD

Telde.- La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Turcón-Ecologistas en Acción contra el Ayuntamiento de Telde y la mercantil Parque Marítimo de Jinámar S.A., por el proyecto de urbanización del sector de Suelo Urbanizable Sectoriarizado Ordenado (SUSO) en el equipamiento estructural 1-3-5 del Parque Marítimo de Jinámar.

 

Con este fallo, el TSJC valida definitivamente el procedimiento seguido por el Ayuntamiento de Telde para legalizar el proyecto de urbanización de los terrenos del centro comercial Las Terrazas, salvando las irregularidades que llevaron a su anulación en 2007. 

 

La Justicia ha desestimado el recurso presentado por la organización ecologista contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Telde de fecha 30 de Julio de 2008, por el que se aprueba con carácter retroactivo a fecha de 15 de diciembre de 2003, el Proyecto de Urbanización del Sector de Suelo Urbanizable Sectoriarizado Ordenado (SUSO) equipamiento estructural 1-3-5 del Parque Marítimo de Jinámar, así como contra el decreto Nº 5.470 de 31 de Octubre de 2008 que resuelve el expediente Nº 1.491/2.005 de solicitud de licencia de apertura de establecimiento para dedicarlo a la actividad de Parque Marítimo Jinámar SL.

 

Una decisión judicial contra la que no cabe recurso ordinario alguno por parte de la organización ecologista. Al citado recurso de apelación se opuso tanto el Consistorio teldense, como la entidad codemandada y la Justicia entendió que su actuación fue correcta.

 

Hace ocho años, el TSJC declaró nulo ese proyecto de urbanización, denominado formalmente Parque Marítimo de Jinámar, porque había sido promovido por un particular, cuando se trataba de un sistema de ejecución público y, por lo tanto, necesariamente debía impulsar su urbanización una administración.

 

El Ayuntamiento de Telde recogió el contenido de esa sentencia, consiguió que la entidad privada que promovía el Parque Marítimo de Jinámar le cediera sus derechos sobre el proyecto de urbanización, lo tramitó como propio y lo aprobó el 30 de julio de 2008, pero con efectos retroactivos desde el 23 de diciembre de 2003.

 

Sin embargo, la asociación ecologista Turcón impugnó todo el procedimiento por entender que el proyecto de urbanización seguía siendo ilegal y, tras perder el caso en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, apeló de nuevo ante el TSJC.

 

En una sentencia contra la que ya no cabe recurso, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal autonómico le responde que el Ayuntamiento de Telde "ha seguido justamente el procedimiento" que se le marcó en la sentencia de 2007 y ha cumplido con los requisitos que impone la ley.

 

En cuanto a las objeciones de Turcón contra la aprobación retroactiva del proyecto, los magistrados recuerdan que la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas permite otorgar "eficacia retroactiva a los actos cuando se dicten en sustitución de actos anulados, que es justamente el supuesto contemplado".

 

El TSJC tampoco advierte irregularidades en la licencia de apertura ni respecto al hecho de que esos terrenos acojan, en buena medida, tiendas de venta de saldos (el centro comercial Las Terrazas dedica parte de su superficie a los comercios "outlet").

 

La sentencia cuenta con el voto particular de una de las tres magistradas de la Sala, Cristina Páez, que observa en el expediente irregularidades que, a su juicio, vician de nulidad las autorizaciones concedidas al centro comercial.

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