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Barranco de Los Cernícalos (Foto TA) Barranco de Los Cernícalos (Foto TA)

Turcón denuncia que el Consejo Insular de Aguas le niega información sobre el barranco de La Mina y de Cernícalos

El colectivo ecologista advierte con acudir a la vía contencioso administrativa para reclamar su derecho

cojeda Domingo, 30 de Noviembre de 2014 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD
Telde.- El colectivo Turcón – Ecologistas en Acción deplora el incumplimiento el Consejo Insular de Aguas de entregarle la información solicitada en referencia a la problemática del entubado y corte de las aguas libres por el barranco de la Mina por parte de la Heredad de Aguas Las Palmas, Bucio y Briviesca. Además del entubado de las aguas provenientes de Cernícalos y que ha supuesto la ocupación de cauce público en el barranco de Cubas por parte de la Heredad de Aguas del Valle de los Nueve.
 
Por este motivo, ha presentado ante el propio Consejo que emita dos solicitudes de certificación de actos presuntos que deja por sentado la inactividad de la administración competente, que daría paso a que el colectivo reciba la información solicitada o de no recibirla acudirá a la administración de Justicia en vía contencioso administrativo a solicitar amparo en el derecho negado. Aseguran que se trata de un derecho básico el de acceder a la información de carácter medioambiental al amparo de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
 
A pesar de que en tiempo y forma (último día) el Consejo Insular de Aguas contestó al colectivo comunicándole que se acogía al artículo 10, c. en el apartado 21 Solicitudes de Información Ambiental. En él viene a decir “en el plazo de dos meses desde la recepción de la solicitud en el registro de la autoridad pública competente para resolverla, si el volumen y la complejidad de la información son tales que resulta imposible cumplir el plazo antes indicado. En este supuesto deberá informarse al solicitante, en el plazo máximo de un mes, de toda ampliación de aquél, así como de las razones que lo justifican”, explican.
 
El colectivo entiende que existe gravedad en las actuaciones de la Heredad en el Barranco de la Mina, apropiándose a través de entubados ilegales y obras que han cambiado el discurrir de las aguas en el barranco para su propio beneficio. Estas cuestiones son las que motivaron la solicitud para que se les notifique las autorizaciones que tiene concedida. También quieren saber el proceder de la administración, si lo hubo en algún momento, ante las supuestas ilegalidades cometidas en detrimento del Medio Ambiente por parte de la Heredad.
 
Por otro lado preguntan por el volumen de las aguas que son trasvasadas desde de cuenca de Tejeda a la cuenca de las Lagunetas; o si la autorización por parte de Industria de instalar una embotelladora de aguas que se surtirán de las de la Mina y el Molinillo va a suponer merma de las aguas que se trasvasan desde siglos a la cuenca de las Lagunetas.
 
Un problema similar ocurre con el entubado proveniente de Cernícalos. Por ello los ecologistas han pregunta si ha habido algún tipo de actuación por parte del Consejo Insular de inicio de expediente de infracción por ocupación de cauce público y tendido de tuberías sin autorización habilitante. “Así como conocer de la existencia de una campana de aguas en el cauce del Barranco de Los Cernícalos y usándose por parte de la Heredad, pues valga decir que menudean el preciado líquido al medio ambiente, a la naturaleza, a la posibilidad de usar un molino de agua (los lozanos), recogido el mismo en la carta etnográfica y al que están obligados por ley”, explican.
 
“Ante todos estos despropósitos e incumplimientos de ceder la información, nos motiva a tener que llevarlos a la Sala de lo Contencioso Administrativo en caso de continuar la administración en ésta postura. Tratando al tiempo el colectivo de exigir responsabilidades administrativas, por incumplimiento de un derecho básico al ciudadano, a una ONG ambiental. Derecho adquirido, obtenido y no materializado”, concluye Turcón.
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