
Los socorristas que trabajan en las playas de Telde se regirán por el primer convenio colectivo autonómico de vigilancia, salvamento y socorrismo acuático profesional en espacios naturales de Canarias. El acuerdo, de aplicación en todo el Archipiélago, tendrá vigencia entre 2026 y 2029 y establece unas condiciones laborales comunes para el sector.
CCOO, UGT y la Asociación de Empresas Canarias de Salvamento y Vigilancia en Playas han alcanzado el acuerdo, que fija para los socorristas un salario base mínimo de 1.400 euros mensuales, equivalente a 16.800 euros anuales. Los patrones de embarcación y supervisores cobrarán 1.625 euros, los encargados de zona 1.712,59 y los directores técnicos 1.926,68 euros al mes.
Las cantidades se actualizarán cada año según la evolución del IPC, con una subida mínima garantizada del 2,5%. A los salarios se añadirá un plus de penosidad de 217 euros brutos mensuales por la exposición continuada al sol y al viento y por el esfuerzo físico desarrollado en arena, rocas y otros entornos naturales.
El convenio establece una jornada de 1.695 horas anuales y una pausa retribuida de 30 minutos por cada dos horas continuadas de vigilancia desde una torre o durante labores de patrulla. Ese descanso tendrá la consideración de tiempo efectivo de trabajo. Las horas realizadas en domingo tendrán además un recargo del 15%.
El acuerdo regula también el trabajo durante las tardes del 24 y el 31 de diciembre, cuando los servicios deberán cerrar o compensar a los empleados si necesitan mantenerse operativos. Estas condiciones se aplicarán igualmente al personal de salvamento contratado para prestar servicio en las playas de Telde, dentro del ámbito autonómico del convenio.
Las empresas tendrán que ofrecer asistencia psicológica urgente durante las primeras 48 horas posteriores a intervenciones de especial impacto emocional, como ahogamientos, fallecimientos o rescates traumáticos. La atención deberá continuar posteriormente mediante el seguimiento de los trabajadores afectados por esas actuaciones.
El convenio obliga además a proporcionar vestuario con protección solar UPF 50+, sombreros de ala ancha, gafas polarizadas homologadas para el entorno marino y calzado náutico. Durante episodios oficiales de calima intensa, olas de calor, temporal marítimo u otros fenómenos adversos, las empresas deberán adaptar los turnos y podrán suspender la vigilancia estática sin reducir el salario.
Los trabajadores conservarán también sus puestos cuando cambie la empresa encargada del servicio. La nueva adjudicataria deberá mantener la plantilla y respetar la antigüedad y las condiciones laborales y salariales adquiridas por cada empleado.










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