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Jueves, 23 de Abril de 2026

Actualizada Jueves, 23 de Abril de 2026 a las 21:13:18 horas

El denunciante desiste de recurir la sentencia absolutoria

El conflicto entre Artiles y Rodríguez, punto y final

El fallo considera insuficiente la declaración de Juan Pablo para desvirtuar la presunción de inocencia en el procedimiento por amenazas

TELDEACTUALIDAD/Telde Jueves, 23 de Abril de 2026 Tiempo de lectura: Actualizada Jueves, 23 de Abril de 2026 a las 19:38:00 horas

El procedimiento judicial abierto tras los hechos ocurridos el 22 de octubre de 2025 en el barrio de San Juan entre los concejales Juan Francisco Artiles y Juan Pablo Rodríguez ha quedado definitivamente resuelto con la absolución del primero en la causa por un presunto delito leve de amenazas, poniendo fin a un episodio que durante meses marcó la actualidad política municipal.

 

La resolución judicial concluye que la sola declaración del denunciante no resulta suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del denunciado, motivo por el que se dicta sentencia absolutoria a favor de Artiles. El fallo fija así el cierre del proceso penal derivado de los hechos investigados.

 

El caso ha tenido además consecuencias políticas en el seno del Ayuntamiento de Telde, ya que Rodríguez solicitó días atrás, como avanzó TELDEACTUALIDAD, su pase al grupo de concejales no adscritos tras formalizar su renuncia irrevocable al grupo político Más por Telde, en un contexto de  atención mediática sobre el conflicto.

 

Esta sentencia permite además precisar informaciones previas que, debido a la complejidad de los expedientes manejados, pudieron inducir a equívoco. En este sentido, es necesario aclarar que la referencia al archivo del procedimiento mediante auto publicada con anterioridad, en concreto en la edición de 28 de noviembre y del 1 de diciembre de 2025 por medios digitales e impresos de la Isla, correspondía a procedimientos distintos, aunque el resultado jurídicamente es el mismo. Con la resolución actual, queda fijada la cronología real y única de este procedimiento.

 

Por otra parte, el letrado de Rodríguez, Javier Pirrongelli, ha confirmado a este periódico que su representado ha decidido no recurrir la sentencia dictada el 29 de diciembre de 2025 y notificada ayer 22 de abril a su cliente, lo que supone el cierre definitivo de la vía penal, aunque mantiene, según comentó, la posibilidad de ejercitar acciones civiles. En su opinión, el procedimiento debe considerarse ajeno al ámbito político.

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