La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado este lunes al joven que acabó con la vida de otro de su misma edad en el parque Arnao de Telde en mayo de 2024, después de que reconociera los hechos durante la vista oral y pidiera perdón a la familia del fallecido. La sentencia fue dictada en la propia sala tras alcanzarse un acuerdo entre la Fiscalía y la defensa.
El fallo fue pronunciado in voce por el presidente del tribunal, Pedro Herrera, en la Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria. El pacto entre las partes evitó la celebración del juicio con jurado popular que estaba previsto para esta semana.
El acusado, de origen marroquí y que tenía 18 años en el momento del crimen, deberá indemnizar a los padres de la víctima con 100.000 euros. Además, una vez cumpla las tres cuartas partes de la pena de prisión, será expulsado de España y no podrá regresar durante diez años.
Ataque planificado con dos cuchillos
Según los hechos admitidos por el procesado, el 31 de mayo de 2024 adquirió en un comercio cercano al parque Arnao un cuchillo de grandes dimensiones con la intención de matar al joven, al que conocía desde su llegada a Canarias en patera a través de Lanzarote.
Tras ocultar el arma bajo la ropa —donde ya llevaba otro cuchillo— se dirigió al parque sabiendo que la víctima se encontraba allí. Una vez frente a él, lo atacó de forma repentina, empleando ambos cuchillos y asestándole varias puñaladas dirigidas al cuerpo.
Una de ellas penetró entre la cuarta y la quinta costilla hasta alcanzar la arteria aorta, provocándole un choque hipovolémico que causó la muerte antes de la llegada de los servicios sanitarios.
Huida tras el crimen
Después del ataque, el agresor abandonó el lugar corriendo. Fue detenido días más tarde y permanece en prisión provisional desde el 3 de junio de 2024.
Según fuentes del caso, ambos jóvenes convivían en una vivienda ocupada en Telde junto a otros tres compatriotas que presenciaron la agresión. El condenado había llegado a Gran Canaria apenas tres días antes del suceso.
La conformidad alcanzada entre las partes ha permitido cerrar el procedimiento sin necesidad de constituir el tribunal del jurado inicialmente previsto.









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