La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso de apelación que interpuso un vecino de Telde que había sido condenado en primera instancia por un delito continuado de abuso sexual a una menor de 16 años de edad, hija de su por entonces pareja sentimental, confirmando una pena de 5 años de cárcel y 10 años de alejamiento.
El alto tribunal, presidido por Juan Luis Lorenzo Bragado y al que también pertenecen los magistrados Antonio Doreste y Carla Bellini, ejerciendo como ponente ésta última, ratifica en todos sus extremos el fallo que dictó el 20 de febrero de 2025 la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (tras un procedimiento que dimana del Juzgado de Instrucción número 3 de Telde), imponiendo a este vecino de la ciudad una condena de 5 años prisión, 10 años de inhabilitación, 10 años de alejamiento, 6 años de libertad vigilada y una indemnización 6.000 euros.
El fallo considera probado que entre los meses de mayo y junio del año 2018, cuando la víctima tenía 11 años, el condenado aprovechó la relación de parentesco que les unía y en varias ocasiones le tocó los pechos a la hija de la que por entonces era su pareja sentimental y con quien convivía en una vivienda de Telde.
Tras la condenada, en primera instancia, el acusado interpuso un recurso de apelación alegando como único motivo la vulneración de la presunción de inocencia, al entender que la condena se amparaba únicamente en la declaración de la víctima, la cual, a su entender, no contenía los parámetros exigidos por la jurisprudencia y que era tan vaga que casi no dejaba opción de presentar pruebas a la defensa.
El Ministerio Fiscal, por contra, entendió que las pruebas practicadas, no solo la declaración de la víctima, que cumple con todos los criterios para valorar positivamente su credibilidad, sino también la prueba pericial y la de los testigos que intervinieron en el acto del juicio oral, vinieron a corroborar de manera indirecta dicha declaración, lo que condujo a desvirtuar la presunción de inocencia del acusado.









Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.222