Oficina de Valora en Jinámar/TA.Valora Gestión Tributaria ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas el calendario fiscal para el año 2026, que afecta a los tributos de carácter periódico en el municipio de Telde, estableciendo las fechas de inicio y fin de los distintos periodos de pago voluntario.
Según el anuncio oficial, los primeros recibos comenzarán a cobrarse a partir del 5 de enero de 2026, correspondientes a la tasa por ocupación de mesas y sillas del mes de enero y a la ayuda a domicilio del mes de noviembre de 2025, cuyo plazo se extenderá hasta el 5 de marzo.
Impuestos anuales entre abril y octubre
Entre los meses de abril y junio se concentrará el cobro de varios tributos de carácter anual. En concreto, del 6 de abril al 8 de junio de 2026 se abonarán la tasa de vados, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) y la ayuda a domicilio correspondiente a febrero.
Por su parte, el bloque principal de impuestos anuales —IBI urbana, IBI rústica, Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y el BICE— se cobrará en un único periodo comprendido entre el 29 de julio y el 7 de octubre de 2026, una de las franjas más relevantes del calendario tributario municipal.
Basura y terrazas, por semestres y meses
La tasa de basura se dividirá en dos semestres. El primero se cobrará del 5 de mayo al 6 de julio, mientras que el segundo irá del 2 de octubre al 2 de diciembre de 2026. En paralelo, la tasa por ocupación de mesas y sillas mantendrá su periodicidad mensual durante todo el año, con plazos que se irán solapando entre meses consecutivos.
Ayuda a domicilio durante todo el año
El servicio de ayuda a domicilio tendrá también un calendario mensual continuo, arrancando en enero con los recibos pendientes de 2025 y prolongándose hasta principios de enero de 2027, cuando finalizará el periodo de pago correspondiente al mes de septiembre de 2026.
Desde Valora se recuerda a los contribuyentes la importancia de consultar los plazos concretos para evitar recargos y se recomienda el uso de la domiciliación bancaria como vía preferente para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.











Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.19