
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado la Sentencia nº 1222/2025, de 25 de septiembre, en la que reconoce el derecho de los hombres a percibir el complemento de brecha de género en las pensiones de jubilación en igualdad de condiciones que las mujeres.
El recurso fue planteado por el reconocido despacho teldense Dámaso Abogados y Asesores, que defendió esta interpretación antes incluso de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 15 de mayo de 2025, anticipándose a la doctrina comunitaria que consolidó el principio de igualdad en esta materia.
Un artículo declarado discriminatorio
La resolución judicial declara que el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social, tras su reforma por el Real Decreto-ley 3/2021, incurre en discriminación al exigir a los hombres requisitos adicionales que no se imponen a las mujeres para poder acceder al complemento.
En consecuencia, la Sala estima que debe reconocerse el complemento de brecha de género desde la fecha inicial de la pensión de jubilación, con todos sus efectos económicos asociados.
Impacto de la sentencia
El fallo supone un avance decisivo en la garantía de la igualdad efectiva en el sistema público de pensiones, pues equipara de manera real y directa el acceso de hombres y mujeres a este complemento, cuyo objetivo es compensar los perjuicios laborales y económicos derivados de la crianza de hijos.
Desde el despacho recurrente se destaca que esta decisión no solo ampara a su cliente, sino que abre la puerta a otros beneficiarios en situación similar, consolidando una línea interpretativa que ya había sido defendida en los tribunales españoles pero que ahora cuenta con un pronunciamiento claro y firme del TSJC.
Declaraciones del despacho
En un comunicado, Dámaso Abogados y Asesores subrayó que esta sentencia es un reconocimiento a su “esfuerzo de anticipación jurídica”, al haber defendido desde el inicio que la normativa española debía aplicarse en igualdad de condiciones. “Este fallo refuerza la seguridad jurídica, elimina diferencias de trato que no estaban justificadas y representa un paso firme hacia la igualdad real en materia de Seguridad Social”, señalaron.
Contexto europeo
El pronunciamiento del TSJC se enmarca en una tendencia más amplia tras la sentencia del TJUE de 15 de mayo de 2025, que determinó que el complemento de brecha de género no podía limitarse a las mujeres si se acreditaba una situación de discriminación indirecta hacia los hombres.
Con este fallo, Canarias se sitúa a la vanguardia en la aplicación práctica de la doctrina europea, reforzando la idea de que los sistemas de protección social deben ser neutros en género y garantizar derechos sin distinción.
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