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Jueves, 13 de Noviembre de 2025

Actualizada Jueves, 13 de Noviembre de 2025 a las 17:17:40 horas

A raíz de la denuncia de dos particulares

El Juzgado ordena suspender de forma inmediata la actividad de dos locales de ocio de San Juan

La medida cautelar responde a un recurso por vulneración de derechos fundamentales y falta de licencia

TELDEACTUALIDAD/Telde 25 Jueves, 18 de Septiembre de 2025 Tiempo de lectura: Actualizada Jueves, 18 de Septiembre de 2025 a las 18:15:18 horas

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado un auto por el que acuerda la suspensión inmediata de la actividad en dos establecimientos ubicados en el casco histórico de Telde, hasta que se restablezca la legalidad urbanística.

 

Los negocios afectados por la resolución judicial fechada martes 16 de septiembre son el Palacio Rocha, ubicado en la calle de Conde de la Vega Grande, y la MasÍa de San Juan, emplazada en la vía de Licenciado Calderín, según consta en el auto al que ha tenido acceso TELDEACTUALIDAD.

 

La decisión se adopta como medida cautelar dentro de un procedimiento iniciado por dos particulares que denunciaban ruidos, molestias y vulneración de derechos fundamentales, como el descanso y la intimidad domiciliaria. El magistrado Francisco Javier Ramírez de Verger Vargasconcluye que existen indicios suficientes de actividad sin título habilitante ni licencia, lo que justifica la suspensión preventiva.

 

El Ayuntamiento de Telde, parte demandada, se había opuesto a la medida alegando que ya se habían iniciado expedientes administrativos sobre los locales. No obstante, el juez ha considerado que la persistencia de la actividad podría causar un daño continuado a los vecinos y que la inacción administrativa ponía en riesgo la finalidad del recurso.

 

El auto impone además al Consistorio el pago de las costas procesales, con un límite máximo de 200 euros.

 

Contra la resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 15 días ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Su presentación no paraliza la suspensión cautelar hasta que resuelva el recurso.

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