
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha reconocido los daños morales que el Ayuntamiento de Telde causó a una familia cuando en el mandato anterior, el 19 de noviembre de 2022, enterró o permitió que se enterrara a una extraña en el nicho familiar de los Santana Santana en el cementerio de San Juan.
La magistrada María Olimpia del Rosario Palenzuela, en un fallo que data del 22 de mayo de 2025, estima parcialmente el recurso que interpuso esta familia y declara la nulidad del acto administrativo por el que el Gobierno municipal de entonces, presidido por Carmen Hernández, desestimó en mayo de 2023 la reclamación de responsabilidad patrimonial que se le presentó por esa inhumación errónea que el propio consistorio admitió.
Según publica Canarias7, la sentencia, contra la que no cabe recurso alguno, deja sin efecto aquella decisión denegatoria de la corporación local y reconoce el derecho del recurrente a ser indemnizado por la administración municipal en la suma de 2.500 euros más los intereses legales y las costas. La estimación del recurso es parcial, porque la familia reclamaba 10.000, pero uno de sus miembros, Juan José Ramírez, deja claro que esa cuantía fue la que fijó el despacho de abogados y que no es lo que a ellos les importa realmente de este fallo. Lo que les satisface es que se reconozca el daño que se les causó y lo hacen público con un único objetivo: «Solo queremos que no vuelva a pasar».
En el nicho que tienen en propiedad los Santana Santana en el camposanto de San Juan estaban enterradas la abuela materna de Ramírez, fallecida en 1977, y una de sus tías, que murió 30 años después, en 2007. Una de sus primas acudió un sábado, como era su costumbre, a enramar la tumba familiar y se dio cuenta de que la lápida había sido retirada. Desconcertada, se lo comunicó a Ramírez, que días después comprobó que la losa de mármol había sido restituida, pero no se quedó tranquilo e hizo una consulta en el Ayuntamiento sobre ese nicho.
Pese a la resolución, los Santana Santana no podrán volver a usar el nicho de la familia hasta finales de 2027
Su sorpresa fue mayúscula. Lo habían usado para enterrar a una persona desconocida, ajena a la familia. Y lo que peor llevó fue el trato que se le dio en el departamento. Hubo una mezcla entre altanería e indiferencia, y eso pese a que ellos demostraron con papeles que esa tumba les pertenecía e identificaron a quienes tenían allí inhumadas. No se explican cómo pudo pasar, pero Ramírez tiene claro que la otra familia no obró de buena fe, pese a que, según recoge la propia sentencia, también presentó una reclamación por daños morales que el Ayuntamiento desestimó alegando, precisamente, que no acreditó la titularidad del nicho, algo que sí pudo hacer la otra familia.
Fue entonces cuando Ramírez recurrió a Juan Antonio Peña, el actual alcalde, que en aquella etapa era edil en la oposición. Le están muy agradecidos porque les ayudó a dar visibilidad al problema y por eso recalcan que aunque la condena llega ahora, estando él de alcalde, piden que conste que este gobierno no tiene nada que ver con lo que pasó.
En su sentencia, la magistrada manifiesta que «no se discute la inhumación de una persona no autorizada» en el nicho de la familia que interpuso el recurso, porque, entre otras cosas, el Ayuntamiento reconoció el error, lo que deja «acreditado el defectuoso funcionamiento municipal y el daño producido», de ahí que proceda reconocer que hay responsabilidad patrimonial. De hecho, el consistorio les cedió un nicho alternativo porque la normativa mortuoria es estricta y hasta finales de 2027 no podrán disponer otra vez de la que es su tumba. Han de pasar 5 años.
Respecto a la indemnización, la magistrada la deja en 2.500 euros porque los recurrentes no aportaron informe médico alguno, por lo que, según añade, «las únicas circunstancias a valorar son el impedimento de poder inhumar» a un familiar en el plazo de 5 años desde la última inhumación y porque «se desconoce si, con ocasión de ese enterramiento, «se han retirado los restos» de los que estaban allí inhumados y su destino. El Ayuntamiento les aseguró en su día que están allí. Eso esperan.
























1289 | Miércoles, 09 de Julio de 2025 a las 11:02:02 horas
Nieto y sobrino de los propietarios del nicho ocupado ilegalmente. Lo más llamativo es que como se puede hacer una apertura del nicho sin que la funeraria le Pidiera a la familia "ocupa" de ese nicho documentación alguna si el nicho era alquilado o propiedad. Con respecto a la familia del difunto enterrado en ese nicho que no es suyo, decirles que actuaron de ma la fe a sabiendas que no era propietaria del nicho. Como se puede hacer este tipo de daño moral a una familia a sabiendas y enterarte que han sacado los retos de tú seres queridos ilegalmente y ser ocupado por otro difunto que no es tú familiar en dicho nicho.
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