La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) se congratula de una sentencia que da la razón a este sindicato frente al Ayuntamiento de Telde por incumplir el horario de descanso de un trabajador que había participado como representante de la Administración o colaborador en una jornada electoral y que al día siguiente tuvo que incorporarse a su puesto de trabajo a las 07.00 horas, sin respetar las 12 horas de descanso que establece el Estatuto de los Trabajadores.
El fallo condena al Ayuntamiento de Telde al pago de 190,32 euros más intereses de mora. Y defiende que "el descanso diario ha de ser de doce horas, siendo irrelevante que el servicio fuera voluntario y retribuido".
"Se viene a dar la razón a CSIF, que siempre defendido que los trajadores que hacían una jornada electoral como representantes o colaboradores de la Administración debían de disfrutar de un tiempo mínimo de doce horas de descanso", subraya el sindicato.
"Esto quiere decir que deberán dar descanso correspondiente durante la jornada del lunes o, en su defecto, negociar otro tipo de compensaciones", apuntan. "Se viene a ganar el disfrute de un derecho que no existía en el Ayuntamiento de Telde y que, a pesar de solicitarlo CSIF, nunca se nos escuchó, debiendo acudir a los juzgados para hacer justicia y que se respetasen los derechos laborales", añade.
Según informa CSIF, se trata del segundo fallo judicial que da la razón al sindicato por vulneración de derechos de los trabajadores que colaboran en los proceso electorales.
"Instamos a la Administración a que se siente a negociar los dechos laborales en relación al trabajo realizado durante los procesos electorales", concluyen desde el sindicato.
























Javier | Viernes, 31 de Enero de 2025 a las 12:56:29 horas
Que van a respetar si no tienen ni herramientas ni epis ni vergüenza
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