
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado la sentencia que declara improcedente el despido de un trabajador de una gasolinera en Telde, acusado de manipular cajas durante el cambio de turno y de apropiarse de 20 euros. Sin embargo, ha rechazado la petición del empleado de declarar nulo el despido y de recibir una indemnización de 50.000 euros por presunta vulneración de derechos fundamentales.
El empleado trabajaba como expendedor en la estación de servicio para la empresa Suministros Insulares de Combustibles y Lubricantes Océano S.L., situada en la zona industrial de Bocabarranco (La Pardilla) Fue despedido el 5 de abril de 2023, tras ser acusado de dos incidentes denunciados por una compañera.
Los episodios que motivaron el despido
El primer episodio ocurrió un mes antes de la apertura del expediente disciplinario, cuando se detectó la falta de 40 euros en la caja durante un cambio de turno. Aunque este incidente fue comunicado al coordinador, no se tomaron medidas sancionadoras inmediatas.
El segundo y más grave tuvo lugar la noche del 4 al 5 de marzo de 2023, cuando, según el testimonio de la misma compañera, faltaban 20 euros en la caja. La empleada afirmó haber confrontado al trabajador, quien presuntamente devolvió el dinero en dos partes: un billete de 10 euros y un pago realizado con datáfono. Ambos hechos llevaron a la empresa a calificar las conductas del empleado como faltas muy graves, fundamentando el despido disciplinario.
Demanda del trabajador y fallo inicial
El trabajador interpuso una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SEMAC) y, posteriormente, presentó una demanda judicial. Alegó que el despido era una represalia por una denuncia de acoso laboral que había realizado en enero de 2023, lo que, según él, justificaba su nulidad. Además, reclamó 50.000 euros por daños morales.
El Juzgado de lo Social número 9 de Las Palmas de Gran Canaria dictó sentencia el 6 de marzo de 2024, declarando el despido improcedente debido a la falta de pruebas suficientes para acreditar las acusaciones de la empresa. Sin embargo, rechazó la nulidad del despido al no encontrar pruebas de que estuviera vinculado a la denuncia de acoso laboral. El fallo obligó a la empresa a optar entre readmitir al trabajador o indemnizarlo con 2.420 euros, además de abonar los salarios de tramitación en caso de readmisión.
Confirmación del TSJ de Canarias
El TSJ de Canarias analizó el recurso presentado por el trabajador y confirmó íntegramente la sentencia de instancia, manteniendo la declaración de improcedencia del despido, pero rechazando la nulidad y la indemnización por daños morales.
Con esta resolución, se cierra un caso que ha puesto de relieve la importancia de contar con pruebas sólidas en los procedimientos disciplinarios, así como la dificultad de acreditar la vulneración de derechos fundamentales en casos de conflicto laboral. La empresa deberá decidir si readmite al trabajador o le indemniza conforme al fallo judicial.
V.F.R. | Jueves, 02 de Enero de 2025 a las 17:16:08 horas
pues que el arqueo de caja entre turno y turno los haga el coordinador y no los expendedores
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