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Colaboración

Un retroceso inaceptable

Diego Ojeda

DIEGO F. OJEDA RAMOS 7 Jueves, 04 de Julio de 2024 Tiempo de lectura: Actualizada Jueves, 04 de Julio de 2024 a las 08:16:52 horas

El reciente borrador de decreto del Gobierno de Canarias, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, representa una amenaza directa a los derechos fundamentales de las personas dependientes. La propuesta actual, promovida por la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, está plagada de deficiencias y errores que, de implementarse, obstaculizarán el acceso a servicios esenciales y violarán derechos básicos.
 
 
Una de las medidas más controvertidas y en mi opinión más injusta, es la desestimación automática de las solicitudes de dependencia si el solicitante no se presenta a una cita o no contrata ayuda a domicilio en el plazo de un mes. Esta disposición ignora completamente las realidades y las dificultades que enfrentan las personas en situación de dependencia, quienes a menudo no pueden cumplir con tales plazos debido a su condición, falta de recursos o barreras logísticas. Penalizar la falta de asistencia a una cita o la incapacidad de contratar ayuda en tan corto plazo es, en esencia, una forma de excluir a quienes más necesitan apoyo, creando un sistema que prioriza la burocracia sobre las necesidades humanas.
 
 
Este proyecto de decreto introduce procedimientos que no garantizan la igualdad de acceso al reconocimiento de la dependencia ni a las prestaciones, en clara contradicción con los principios de igualdad y no discriminación establecidos en la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Canarias. El Artículo 11.1.8 del borrador, por ejemplo, indica que la ausencia en una cita resultará en la desestimación de la solicitud, salvo que se justifique con antelación. Tal requisito es insensible a la realidad de las personas dependientes, quienes pueden enfrentar imprevistos que les impidan notificar su ausencia con anterioridad, generando indefensión y falta de garantías en el proceso.
 
 
Además, el Artículo 11.2.7 del decreto propone excepciones poco concretas que podrían crear desigualdades significativas en los tiempos de resolución de solicitudes, lo que contradice los principios de universalidad y equidad establecidos en la Ley 39/2006. La falta de especificidad y claridad en estas disposiciones puede dar lugar a un trato desigual y arbitrario entre solicitantes, minando la confianza en la equidad del sistema.
 
 
El apartado 2.8 del Artículo 11, que permite el reconocimiento directo de la dependencia en grado III bajo ciertas condiciones, también presenta inconsistencias con la Ley 39/2006, que establece que los grados de dependencia deben ser determinados mediante un baremo acordado en el Consejo Territorial de Servicios Sociales. La introducción de procedimientos alternativos para la determinación del grado de dependencia sin adherirse a los baremos establecidos podría generar incertidumbres y desigualdades en la aplicación del sistema.
 
 
El Artículo 18, que regula la extinción del derecho a servicios o prestaciones si no se hace uso efectivo en el plazo de un mes, es otro ejemplo de una normativa que impone plazos irrealistas sin considerar circunstancias atenuantes que puedan afectar la capacidad de los solicitantes para cumplir con estas exigencias. Este enfoque punitivo puede resultar en la pérdida injusta de derechos para aquellas que, por razones ajenas a su control, no puedan acceder a los servicios o prestaciones en el plazo estipulado.
 
 
Es fundamental que el Gobierno de Canarias retire este borrador de decreto y establezca un proceso participativo para su revisión, involucrando a todos los agentes implicados, incluyendo profesionales del sector, organizaciones de derechos humanos, familias afectadas, y representantes sindicales. La experiencia de los últimos cuatro años, en los que la Dirección General de Dependencia incorporó significativamente más beneficiarios al sistema que la media estatal, demuestra que es posible mejorar el acceso y la eficacia del sistema sin recurrir a medidas excluyentes y arbitrarias.
 
 
En lugar de retroceder en los derechos de las personas dependientes, se debe avanzar hacia un sistema que garantice la igualdad de acceso y el respeto a los derechos humanos. Es esencial que se asignen los recursos humanos y materiales necesarios para asegurar que el sistema de dependencia funcione de manera justa y eficiente, reduciendo los tiempos de espera y mejorando la calidad de los servicios prestados.
 
La única voz en el Parlamento de Canarias que ha presentado alegaciones a este decreto es la diputada Natalia Santana Santana del grupo político Nueva Canarias-Bloque Canarista. Su esfuerzo destaca la necesidad de un debate serio y una revisión exhaustiva del borrador para garantizar que las políticas de dependencia en Canarias respeten y protejan los derechos de todas las personas dependientes. El camino hacia una sociedad justa no pasa por la implementación de barreras y penalizaciones, sino por la promoción de un acceso equitativo y el apoyo a las personas más vulnerables. Es imperativo que el Gobierno de Canarias retire este decreto y trabaje para construir un sistema de dependencia que verdaderamente refleje los valores de igualdad, justicia y dignidad humana.
 
Diego F. Ojeda Ramos fue concejal del Ayuntamiento de Telde y actualmente es asesor del Cabildo de Gran Canaria.
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