
Ayer el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) otorgó, a efectos prácticos, una victoria de los interinos y estatutarios. La sentencia va en la misma línea que la de febrero que afecta al personal laboral y que ya entonces derrumbó la figura del indefinido no fijo que creó jurisprudencialmente el Tribunal Supremo a mediados de la década de los años noventa del pasado siglo. Por tanto, esta sentencia del 13 de junio junto a la de febrero son las dos caras de la misma moneda y finiquitan el abuso de temporalidad que atañe a los empleados públicos.
Formal o materialmente, ganó la fijeza. Porque lo que no vale como solución al abuso es el mantenimiento de ese mismo abuso hasta que se saque la plaza de marras y sea recompensada con una indemnización la víctima de dicho abuso; toda una paradoja. Que el interino pase a ser llamado funcionario de carrera estará a criterio de los tribunales nacionales pero lo que está claro es que debe mantener el trabajo y solo sería despedido por motivos disciplinarios; es decir, estaría afectado por el mismo régimen de despido que los funcionarios de carrera.
Han sido años y décadas de padecimientos en una Administración a la que el TJUE le ha dejado claro, tanto en febrero como este 13 de junio, que no cabe el abuso de temporalidad. Relaciones laborales e interinidades que acumulaban tiempo, concurriendo casos de más de una o dos décadas en abuso. Una barbaridad que atenta contra la directiva 1999/70.
Fue el Juzgado Contencioso-Administrativo número 17 de Barcelona el que elevó la cuestión prejudicial que ayer resolvió el TJUE. La de febrero fue promovida por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El Tribunal Supremo, que ya formalizó una nueva cuestión prejudicial, en puridad ya tiene desde ayer los parámetros del TJUE en cuanto que, matices al margen, se haga o no la fijeza automática, lo que es evidente es que Europa quiere estabilidad en el empleo público. Se acabó la espada de Damocles.
Si España quiere recibir los fondos europeos para la recuperación económica tras la pandemia tiene que bajar la tasa de temporalidad al 8% antes de que acabe 2024. Ahora mismo ronda el 30% y, por ende, es imposible que llegue a bajar a ese umbral en lo que resta de curso sin activar mecanismos de estabilidad directa en vía administrativa y/o judicial. Lo suyo sería que se aprobara una ley cuanto antes y no dejarlo en manos de los tribunales en aras de la uniformización y la seguridad jurídica en territorio estatal. En todo caso, interinos, estatutarios e indefinidos no fijos tendrán, por vez primera, un verano tranquilo.
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