
La Alcaldía de Telde, mediante un decreto fechado el pasado 7 de marzo, ha inadmitido a trámite la reclamación que interpuso la concejala de Vox, Rita Esmeralda Cabrera Sánchez, de Vox, contra el nombramiento de su excompañera de partido Janoa Anceaume como miembro del Gobierno municipal, también mediante decreto firmado el 26 de enero de 2024.
El recurso de reposición fue interpuesto por Cabrera el 8 de febrero de 2024, impugnando el mencionado decreto que nombraba a Anceaume Delgado como concejala con dedicación exclusiva. Sin embargo, el informe emitido por el secretario general del Pleno y de la Corporación, Ángel Sutil, con fecha 7 de marzo, concluye que el recurso carece manifiestamente de fundamento, según ha podido saber TELDEACTUALIDAD.
A tenor de lo que determina la normativa aplicable, el secretario general sostiene que el recurso de reposición debe ser inadmitido a trámite debido a la falta de argumentación y concreción de los motivos que fundamenten la nulidad o anulabilidad del acto impugnado. En este sentido, la recurrente no detalló de manera suficiente los motivos por los cuales consideraba que el decreto era nulo o anulable.
El informe manifiesta que, si bien la edila Cabrera argumentó en su escrito de interposición que Janoa Anceaume había manifestado su intención de abandonar el partido político Vox, lo cual supuestamente la convertiría en concejala no adscrita, no se presentaron pruebas o documentos que respaldaran esta afirmación. Al respecto, se abunda en que “en ningún momento se ha comunicado por los cauces legales ni a esta Administración ni al Secretario General del Pleno que suscribe, que dicha concejala haya abandonado la formación política por la que concurrió a las pasadas elecciones municipales o que haya sido expulsada de la misma, supuestos que darían lugar al pase de aquella a la condición de no adscrita”.
Además, se precisa en el referido informe que el acto recurrido no se encontraba entre los supuestos de actos nulos o anulables previstos en la normativa municipal.
Por todo ello, la Alcaldía ha resuelto inadmitir a trámite el recurso de reposición y desestimar las alegaciones formuladas por la recurrente en cuanto al fondo del asunto.
La resolución ha sido notificada a la interesada, a la que cabe ahora la impugnación del decreto municipal por la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a partir de la recepción de esta comunicación oficial.





























María del Rosario | Domingo, 24 de Marzo de 2024 a las 10:54:33 horas
Ahora van a venir ustedes aquí a decir en los comentarios qué partidos deben publicarse y cuales no. Como bien dice vivimos en una democracia, y pedir que no se publique sobre un partido por ser de ideología distinta a la suya es ser un totalitario y a los totalitarios comúnmente se les llama fascistas.
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