La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial número 4 de Las Palmas ha dictaminado recientemente un fallo significativo en relación con un caso de contratación de tarjetas revolving, ratificando así una sentencia previa emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Telde en mayo de 2022.
En este caso, un usuario de Wizink Bank presentó una demanda contra la entidad bancaria por considerar que los intereses aplicados eran usurarios.
El demandante, representado por los abogados Israel de los Reyes y Alejandro Pérez, ha obtenido un veredicto favorable por parte del tribunal, que ha condenado a la entidad bancaria demandada a abonar la suma de 47.741,09 euros. La sentencia establece que los intereses del contrato en cuestión eran notablemente superiores al tipo medio del mercado y desproporcionados con las circunstancias del caso, lo que constituye una práctica usuraria.
En los casos de tarjetas revolving, se considera que un interés es desproporcionado cuando la diferencia entre el tipo medio del mercado y el establecido es superior a 6 puntos porcentuales. Según los datos estadísticos disponibles en el año 2010, el tipo medio efectivo de definición restringida (TEDR), equivalente a la Tasa Anual Equivalente (TAE) sin comisiones, era del 19,32%. En este caso concreto, la TAE aplicada por Wizink Bank fue del 26,82%, lo que confirma la naturaleza usuraria del contrato.
La ausencia del contrato de tarjeta de crédito presentado por la entidad bancaria durante el proceso judicial fue un factor determinante. Sin este documento, no se pudo demostrar la transparencia de las cláusulas ni se superó el control de transparencia requerido. Por lo tanto, el tribunal consideró nulas las cláusulas abusivas relacionadas con los intereses remuneratorios y las comisiones, ordenando a Wizink Bank reintegrar todas las cantidades cobradas indebidamente al cliente.
Este fallo judicial destaca la importancia de la transparencia en las prácticas bancarias y establece un precedente significativo en la protección de los derechos de los consumidores frente a prácticas financieras abusivas.
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