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Domingo, 05 de Abril de 2026

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Imagen de archivo de una protesta de vecinos de viviendas de promoción pública (Foto TA) Imagen de archivo de una protesta de vecinos de viviendas de promoción pública (Foto TA)

Visocan activa ayudas excepcionales para inquilinos de viviendas protegidas de Telde

Se trata de un conjunto de acciones en las que se ha trabajado durante las dos últimas semanas y que disminuyen la carga económica de las familias titulares de estas viviendas

Lunes, 06 de Abril de 2020 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD

Telde.- La empresa pública Visocan ha anunciado este sábado una serie de medidas excepcionales para los inquilinos de viviendas protegidas de Canarias que se encuentran afectados por la crisis derivada de las medidas de contención del COVID-19.

Se trata de un conjunto de acciones en las que se ha trabajado durante las dos últimas semanas y que disminuyen la carga económica de las familias titulares de estas viviendas, informa Visocan en un comunicado en que precisa que la sociedad pública ha establecido dos líneas de apoyo.

Una de estas líneas está dirigida a los inquilinos con ayudas al alquiler por parte del ICAVI y, otra, para aquellos que no se pueden acoger a estos incentivos.

En cuanto a las ayudas, los alquileres de promociones con inquilinos adjudicatarios públicos, se bonificará la totalidad de la renta y los gastos facturables mensuales - mantenimiento, IBI, basura y seguro de incendios - correspondiente a la vivienda, durante los meses de abril, mayo y junio.

Además, una vez finalice el estado de alarma y se reanude la atención al público, los inquilinos podrán tramitar la modificación de las ayudas, si se produce un empeoramiento de sus condiciones económicas.

Por otro lado, los inquilinos sin ayudas al alquiler podrán acogerse a una bonificación del 50% de sus rentas en los tres meses establecidos, aunque en este caso deberán justificar que están en situación de desempleo, forman parte de un ERTE o han tenido que acogerse a una reducción de jornada por motivos de cuidados o circunstancias similares que supongan pérdida de ingresos.

En este caso, las personas arrendatarias tienen hasta el 2 de mayo para presentar la solicitud con la documentación que acredite esta situación.

La activación de estas medidas se produce después de la entrada en vigor del Real Decreto - Ley 11/2020 de 31 de marzo aprobado por el Gobierno de España por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. EFE

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