TELDEACTUALIDAD
Telde.- Nuevo varapalo judicial contra el empresario Julián Gómez del Castillo. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso de apelación que presentó su empresa Parque Comercial y de Ocio La Mareta contra la sentencia de marzo de 2017, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Las Palmas, que rechazó sus pretensiones de recibir la cantidad de 40.331.606 euros del Consistorio teldense en concepto de indemnización por haber dejado sin efecto esta Institución la adjudicación del derecho de superficie que le había concedido en 2003 sobre las parcelas P-1 y P-2 del recinto colindante a la GC-1.

Según ha podido saber TELDEACTUALIDAD, que avanza el contenido íntegro del documento, la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativa del alto Tribunal canario, notificada este mismo martes, está fechada el 19 de diciembre de 2017 y consta de once folios. En ella, ofició como ponente Francisco José Gómez Cáceres, completando la terna de magistrados Inmaculada Rodríguez Falcón y, en calidad de presidente, César García Otero.
Por parte de la representación jurídica de la empresa del promotor Gómez del Castillo se argumentaba que al no llegar a buen puerto lo estipulado en el acuerdo con el Ayuntamiento de Telde, la mercantil había sufrido pérdidas derivadas de sendos contratos que suscribió con la multinacional sueca Ikea en 2003 y luego en 2012. Las cuales cuantifica en 15,6 millones de euros más unos intereses legales de 5.295.879,45 euros.
Igualmente, en este recurso de apelación reclamaba un total de 58.546,95 euros por gastos e intereses de un aval bancario que obtuvo por importe de 295.879,45 euros. Y 19.377.180 euros por el lucro cesante derivado de no haber podido desarrollar el equipamiento comercial previsto en estas piezas de suelo municipal.
Frente a todo esto, el Ayuntamiento de Telde alegaba que no existía daño alguno y que algunas de las cuestiones expuestas por la defensa de Gómez del Castillo ya habían sido juzgadas por la Justicia con anterioridad.
Finalmente, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativa del TSJC hace suyos los fundamentos juriÌdicos de la sentencia recurrida, desestimando el recurso de apelación formulado por la empresa Parque Comercial y de Ocio La Mareta, sin imponer el pago de las costas procesales.








































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