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Telde.- La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha emitido una sentencia por la que estima parcialmente el recurso que la Delegación del Gobierno interpuso contra el convenio pactado por el Gobierno anterior y los sindicatos para mejorar las condiciones laborales de la plantilla de la Policía Local de Telde. El fallo viene a anular el complemento específico y las horas de compensación que los agentes recibían por asistencia a juicio.
No hay mal que por bien no venga, deben estar pensando en la sala de máquinas del Gobierno local. Y es que por primera vez en el Ayuntamiento de Telde, una Institución tan acostumbrada a recibir día tras otro varapalos de todo tipo por parte de la Justicia, una sentencia desfavorable puede ser motivo de cierta alegría.
El TSJC ha dado parcialmente la razón a la Delegación del Gobierno en Canarias en relación al acuerdo que la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Telde suscribió el 27 de diciembre de 2013 –durante la etapa del anterior Ejecutivo que lideraba Mari Carmen Castellano– para regularizar las
condiciones laborales de la plantilla del cuerpo policial, tras una
negociación encabezada por el entonces edil de Personal, Francisco López, en la que los sindicatos y los propios agentes respaldaron ampliamente el documento.
Compensación por juicios
En esta sentencia, con fecha del 31 de mayo de 2016 y en la que la magistrada Inmaculada Rodríguez Falcón actúa como ponente, se anula el artículo 6.2, que estable que “por asistencia a juicios, se compensará por 4 horas, pero se tendrá que realizar las 8 horas para ser compensado con un día libre”.
El Tribunal argumenta que la asistencia a juicio es un deber público, sea o no en horas de servicio, y que la ley prevé la concesión de un permiso por el tiempo necesario e indispensable, pero no una compensación con días libres. En todo caso, únicamente cabría compensar el tiempo empleado en la asistencia a juicio si es en días libres, no en horas de servicio.
Complemento específico
En cuanto al complemento específico, se anula en su totalidad el artículo 8 del convenio, ya que el TSJC entiende que la mejora salarial vulneraba la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2013, norma que establecía que no se podrían aplicar cláusulas o pactos que incluyesen crecimiento retributivos respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2013. La regularización laboral de la Policía Local de Telde entró en vigor el 1 de enero de 2014.
¿Un bálsamo que ayudará a cumplir con Madrid?
Pese a ir en contra del Ayuntamiento de Telde –y también del sindicalista y policía Ernesto Collado–, el fallo más que un perjuicio supone todo un respiro para la Institución mnicipal. Un bálsamo con el que aliviar las restricciones impuestas por Madrid.
Por un lado, el cuerpo municipal, que presenta un déficit de más de 80 agentes, contará con más efectivos en servicio al anularse la compensación por asistencia a juicio. Pero sin duda, el mayor desahogo llega en el terreno económico. Al tumbar la Justicia el complemento específico, las arcas municipales ahorrarán una importante cantidad, justo ahora cuando las exigencias del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas obligarán al Ayuntamiento de Telde a
recortar gastos de su presupuesto del orden de más de 5,7 millones de euros.
Por ahorrarse, la Institución municipal se ahorrará hasta las costas judiciales del proceso, ya que en el fallo el TSJC plasma que no se aprecian méritos suficientes para considerar procedente un pronunciamiento especial sobre las mismas.
El TSJC tumba la tesis del Juzgado
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