TELDEACTUALIDAD
Telde.- El Ayuntamiento de Telde celebraba ayer miércoles un Pleno extraordinario para designar, mediante sorteo, los miembros de las más de 170 mesas que se habilitarán en los cerca de 60 colegios electorales con los que contará la ciudad el próximo 26 de junio para las elecciones generales. Un total de 1.575 teldenses han sido elegidos para esta labor –bien como presidentes, vocales o suplentes de estos órganos–, a quienes la Policía Local de Telde ya ha comenzado a entregar las respectivas notificaciones oficiales.
Según fuentes municipales, los agentes trabajan a “todo ritmo” para cumplir los plazos y entregar en tiempo y forma estas notificaciones.
Sorteo electrónico
Antiguamente se utilizaba un sistema conocido como insaculación con una pequeña saca en la que se incluían unos números o letras que eran extraídos. Ahora, las nuevas tecnologías permiten que esto se haga con un programa informático de manera mucho más ágil y efectiva.
Excusas e impedimentos justificados
Los designados presidente y vocal de mesa disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo.
Los impedimentos y excusas justificadas se señalan en la Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 27.3 de la LOREG, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de presidente y vocal de las mesas electorales. La Junta resuelve sin ulterior recurso en el plazo de cinco días y comunica, en su caso, la sustitución producida al primer suplente.
Si posteriormente cualquiera de los designados estuviera en imposibilidad de acudir al desempeño de su cargo, debe comunicarlo a la Junta de Zona al menos 72 horas antes del acto al que debiera concurrir, aportando las justificaciones pertinentes.
Si el impedimento sobreviene después de ese plazo, el aviso a la Junta habrá de realizarse de manera inmediata y, en todo caso, antes de la hora de constitución de la mesa para la que ha sido designado. En tales casos, la Junta comunica la sustitución al correspondiente suplente, si hay tiempo para hacerlo, y procede a nombrar a otro, si fuera preciso.
Permisos de trabajadores designados miembros de mesa
Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios nombrados presidente o vocal de mesa electoral tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laboral.
En todo caso, tienen derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.
En el caso de trabajadores con horario nocturno, el turno de noche que comienza el día de la votación se computa como jornada laboral del día electoral, al tiempo que el derecho de reducción de cinco horas de la jornada de trabajo puede ejercerse en el turno de noche siguiente del trabajador, siempre y cuando este turno se inicie el día inmediatamente posterior al de las elecciones.
Datos
El próximo 26 de junio de 2016 podrán votar en las elecciones a Cortes Generales 36.518.100 españoles, de los cuales 34.597.844 residen en España y 1.920.256 residen en el extranjero.
De los electores residentes en España 197.245 podrán participar por primera vez en estas elecciones, por haber cumplido 18 años desde la anterior votación a Cortes Generales, celebrada el 20 de diciembre de 2015.
Tarjetas censales La Oficina del Censo Electoral remitirá a cada elector residente en España una tarjeta censal con la mesa y el local electoral donde le corresponde votar, a partir del día 30 de mayo. Instituto Nacional de Estadística 4 Consultas de los electores En la
página web del Instituto Nacional de Estadística está disponible información de interés sobre las actuaciones de la Oficina del Censo Electoral en estas elecciones, recuentos de electores, reclamaciones, mesas y locales electorales, voto por correo, plazos y normativa legal.
También está disponible en la
Sede Electrónica del INE un servicio de consulta a los datos de inscripción en el censo electoral y de la mesa y dirección del local electoral, previa acreditación de la identidad del elector con certificado electrónico reconocido (DNI electrónico entre otros). Además se ofrece, sin necesidad de acreditación, un servicio de consulta general de mesas y locales electorales a través de la misma Sede. Adicionalmente, las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral atienden las consultas sobre las actuaciones de su competencia (inscripción en el censo, mesas y locales electorales, tarjetas censales, voto por correo, .. ) en sus oficinas y en el teléfono 901.101.900.
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