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Terrenos de Telpan en El Calero (Foto TA) Terrenos de Telpan en El Calero (Foto TA)

Los tribunales dan la razón al Ayuntamiento en el pleito con el proyecto de un constructor en El Calero

El empresario reclamaba 670.000 euros por los supuestos daños causados en la reparcelación de una Unidad de Actuación en la zona

PePiTA Viernes, 15 de Abril de 2016 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD

Telde.- Una buena noticia para el Ayuntamiento de Telde en los juzgados, algo que no es habitual: la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) acaba de dictar una resolución que desestima el recurso de apelación presentado por la compañía Telpan, S.A., a cuyo frente se sitúa un empresario local. El inversor solicitaba el abono de 678.490 euros como una reclamación patrimonial por no haber podido ejecutar un proyecto de reparcelación y edificación en El Calero Alto. La sala le deniega tal demanda.

 

La razón jurídica ya había sido otorgada al consistorio por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Las Palmas, entendiendo que no procedía el pago de una indemnización a la empresa por daños causados en la tramitación del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación Calero Alto 2, declarada nula posteriormente en procedimiento de revisión de oficio.

 

Según esa sentencia, y como recuerda ahora el alto tribunal canario, “la Administración se vio obligada a realizar la revisión del instrumento de planeamiento por las alegaciones de un propietario colindante con los terrenos de la recurrente. Se inició así una comprobación, quedando acreditado que la reparcelación aprobada no contemplaba la totalidad del ámbito territorial de la Unidad de Actuación y se atribuía la iniciativa urbanizadora a una persona jurídico privada, cuando el Plan General contemplaba la iniciativa como pública”.

 

La revisión de oficio vino precedida de un informe del Consejo Consultivo de Canarias, que indicaba que lo que se desarrolló fue un proyecto de reparcelación de iniciativa privada de la que se excluyó a uno de los propietarios que fue quien instó la revisión de oficio, que derivó en la nulidad de la reparcelación y que no fue recurrida por la empresa.

 

Esa misma sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 consideró acreditado que Telpan, S.A. colaboró estrechamente con la Administración en la elaboración del proyecto de reparcelación, por lo que ahora el TSJC acude a jurisprudencia que subraya “la exoneración de responsabilidad para la Administración, a pesar del carácter objetivo de la misma, cuando es la conducta del propio perjudicado, o la de un tercero, la única determinante del daño producido aunque hubiese sido incorrecto el funcionamiento del servicio público"

 

El Gobierno de Telde ha querido una vez más recalcar la importancia de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento y su apuesta por reforzar este departamento.  

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