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Sábado, 01 de Noviembre de 2025

Actualizada Sábado, 01 de Noviembre de 2025 a las 17:49:39 horas

José Luis Sánchez, primero por la izquierda, con otros miembros del PP de Telde, en un acto electoral del partido en mayo de 2015 (Foto TA) José Luis Sánchez, primero por la izquierda, con otros miembros del PP de Telde, en un acto electoral del partido en mayo de 2015 (Foto TA)

Avance: El exasesor Sánchez (PP) choca contra la Justicia en su demanda de despido contra el Consistorio

El Juzgado de lo Social desestima su pretensión de quedarse fijo en el Ayuntamiento al considerar que era personal de confianza y no hubo relación laboral

cojeda Viernes, 26 de Febrero de 2016 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD

Telde.- El Juzgado de lo Social número 10 de Las Palmas de Gran Canaria ha echado abajo la pretensión del que fuera asesor del PP durante el anterior mandato (2011-2015), José Luis Sánchez González, de que su cese  como cargo de confianza cuando entró la actual mayoría de Gobierno en junio de 2015 fuera declarado despido improcedente.

 

En sentencia conocida este viernes y que lleva fecha del 18 de febrero de 2016, fallo al que ha tenido acceso TELDEACTUALIDAD, el magistrado Javier Ramón Díez-Moro desestima la demanda interpuesta por el asesor de la anterior alcaldesa Mari Carmen Castellano, quien estuvo desempeñando funciones de personal eventual desde el 11 de junio de 2011 hasta el 16 de junio de 2015.

 

A pesar de que su nombramiento era como cargo de confianza, Sánchez alegó en su demanda que “la relación aparentemente eventual que mantenía con el Ayuntamiento encubría en realidad una relación de carácter laboral”. Sostenía además que sus funciones nunca fueron de confianza o especial asesoramiento, sino que eran de “carácter estructural, permanente y habituales dentro de la actividad municipal ordinaria”. Pedía por ello que su destitución fuera declarada “despido improcedente” y reclamaba 1.663 euros en concepto de vacaciones de 2015.

 

El Consistorio se opuso a la demanda invocando la “incompetencia” del Juzgado de lo Social para dirimir este asunto porque “no existía relación laboral” entre la Administración Local y Sánchez y su vinculación era exclusivamente como personal eventual de confianza que cesaba al tomar posesión la nueva Corporación, como así ocurrió.

 

En el fallo, el magistrado da la razón sin reserva alguna al Consistorio y, así, desestima la demanda del exasesor, al que emplaza a ejercitar las acciones "que estime oportunas" por la vía contenciosa-administrativa.

 

Aunque no entra a enjuiciar el fondo del asunto al declarar que no es la jurisdicción competente, el magistrado sí manifiesta que las funciones desempeñadas por Sánchez no excedían de las propias de su nombramiento. Enfatiza además en la “evidente afinidad política” con la alcaldesa que le nombró personal de confianza y pone el acento en que las funciones de complejidad técnica a las que apela como base de su demanda “son coherentes con la razón de su nombramiento, es decir, la tranquilidad que para quien le nombra reporta tenerlo a su lado para la toma de decisiones de gran responsabilidad política”.

 

Recurso de súplica

La sentencia no es firme y a Sánchez le cabe formalizar recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que deberá comunicar en el plazo de 5 días al Juzgado que dicta el fallo.

 

Sentencia íntegra

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