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Imagen de una de las acciones ecologistas desarrolladas en el Barranco de La Mina (Foto TA) Imagen de una de las acciones ecologistas desarrolladas en el Barranco de La Mina (Foto TA)

Turcón demanda a Industria por el polémico entubamiento de La Mina

El colectivo recalca que la legislación establece un caudal ecológico mínimo que ahora no se cumple

Dojeda Miércoles, 27 de Septiembre de 2017 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD
Telde.- Turcón, el colectivo ecologista con sede en la ciudad de Telde, ha presentado estos días una demanda en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria contra la Viceconsejería de Industria, Energía y Comercio del Gobierno de Canarias por autorizar al Ayuntamiento de Tejeda en 2016 a aprovechar el caudal del Barranco de la Mina, dando pie a una polémica captación y entubamiento de las aguas.

 

Según ha informado el propio colectivo que preside el teldense Honorio Galindo, quien fue condenado por precisamente liberar las aguas del Barranco de La Mina, con esta nueva demanda se sustancia el recurso que ya interpuso anteriormente contra la resolución detectada el pasado 2 de marzo por la Viceconsejería, resolviendo así un recurso de alzada que había formulado Turcón.

 

“La resolución que venimos a recurrir pone fin al procedimiento administrativo, abriendo la vía judicial. Tanto en dicho procedimiento como en la resolución no se tiene seriamente en cuenta las consecuencias medioambientales que acarreará el entubado y la captación de las aguas pertenecientes a los nacientes de La Mina de Tejeda.

 

Gravísimas al no respetar y garantizar el caudal ecológico que nutre todo el ecosistema que se baña a su paso, situación que no se recoge o se sopesa en ningún Informe aportado y por lo que se obvia el bien jurídico medioambiental protegido en el artículo 45 de nuestra carta magna. Un balanceo más sobre un ordenamiento jurídico de primer nivel”, reprochan desde Turcón.

 

El colectivo insiste en que no se ha tenido en cuenta que se trata de un caudal ecológico, es decir, un flujo mínimo de aguas que “debe mantenerse de forma que no se alteren las condiciones naturales del biótopo y se garantice el desarrollo de una vida fluvial igual a la que existía anteriormente”.

 

Estos caudales ecológicos vienen recogidos en la Ley de Aguas de Canarias y en el Plan Hidrológico de Canarias. Además, en 1993, la Consejería de Medio Ambiente determinó un flujo mínimo de 25 litros por segundo frente al actual,  muy inferior a lo entonces dispuesto.

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