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Palmira Déniz/TA. Palmira Déniz/TA.

Solo sí es sí

TA ofrece una reflexión de la abogada teldense Palmira Déniz

direojed Lunes, 29 de Agosto de 2022 Tiempo de lectura:

El pasado jueves, 25 de agosto, el Congreso de los Diputados dio luz verde a la ley Orgánica de Garantías Integral de la Libertad Sexual, tras un largo ir y venir desde que se diera el visto bueno a su anteproyecto.


La norma se aprueba de forma definitiva tras 30 meses de trámites y un mes después de su paso por el Senado.


El origen de esta norma es a raíz de la diferenciación entre abuso y agresión que suscitó la sentencia por el caso de La Manada y que desató una ola de manifestaciones ciudadanas.


La clave para juzgar los delitos sexuales de esta ley es el consentimiento expreso. Hasta ahora, el ordenamiento jurídico consideraba agresión tan solo en aquellos casos en los que se podía probar que la violación se produjo con fuerza o intimidación. Esto hacia cargar a las mujeres con la responsabilidad de demostrar que se había resistido, lo cual terminaba por revictimizarlas.


Esta nueva ley viene a alinearse con lo estipulado por el Convenio de Estambul, un tratado de derechos humanos ratificado por España en 2014, que marca el consentimiento en que “solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, expresen de manera clara la voluntad de la persona”.


Algunas controversias que ha tenido este punto del consentimiento vienen expresadas por algunos bulos, totalmente intencionados, sobre todo expresando que ahora hay que firmar un contrato sexual… en este sentido los comentarios que circulan por las redes sociales son: “Los hombres dejan de ser inocentes”, “no tendrán presunción de inocencia”, “se acusa al hombre solo con la palabra de la mujer” o que esta ley “puede destrozar la vida de los hombres”. Nada más lejos de la realidad. Este es el temor del sistema patriarcal de privilegios, y la realidad es que ningún hombre debería verse amenazado por esta ley si no tiene intención de agredir sexualmente a nadie”.


Este bulo ha tenido una gran repercusión entre jóvenes y adultos y no deja de ser una artimaña más del machismo para tratar de desacreditar cualquier avance en la lucha por la igualdad, pero cualquier persona un poco consciente y adulta sabe que no es un contrato explícito sino un consentimiento entre personas adultas y conscientes en igualdad de condiciones, que quieren tener un acto sexual compartido”.


Nuestro ordenamiento jurídico tiene un derecho fundamental, “la presunción de inocencia” es un derecho constitucional recogido en el artículo 24, por lo que cualquier ley está por debajo de él, y serán los jueces y las juezas, quienes tengan el criterio para decidir en qué circunstancias lo retiran y en base a qué.


Otro de los puntos de la Ley son los cambios en las penas por agresión sexual. Realmente las novedades son los motivos que agravan las penas. Entre ellos se incluye el hecho de que la agresión sea grupal, que se ejerza violencia o daño grave a la víctima , que esta sea de especial vulnerabilidad, o que se utilicen armas o medios peligrosos, que el agresor sea su pareja o tenga relación de parentesco y que en la agresión sexual se utilice sustancias de sumisión química para anular la voluntad.


También la ley considerará violencia sexual la agresión, el acoso callejero, la explotación sexual, la corrupción de menores, la mutilación genital femenina o la pornografía. En la norma se define el acoso callejero como el hecho de dirigirse a “otra persona con expresiones, comportamientos y proposiciones de carácter sexual que creen a la victima una situación objetivamente humillante, o intimidatoria, sin ser un delito de mayor gravedad. Estos actos pasan a ser delito, aunque tan solo se perseguirán si existe una denuncia de la persona acosada o su representante legal.


La Lucha contra el negocio de la prostitución, ha sido otro de los puntos que ha llevado a la norma a retrasar su tramitación. La ley contempla algunas medidas para luchar o acabar con el negocio de la prostitución. Alguna es, como la tercería locativa, que posibilita la persecución a los proxenetas que, de manera habitual y con animo de lucro, pongan cualquier establecimiento o espacios, publico o privado, para la explotación sexual de terceras personas. Así se sancionará el uso de pisos e instalaciones que se utilicen para la explotación sexual.


Este ha sido un punto controvertido de la aprobación de la ley, ya que existe un debate importante que es, el de la “prostitución y la trata”. Existe una clara mayoría del congreso que espera lograr “la abolición definitiva de la prostitución”, donde ya muchas comunidades autónomas han apoyado el debate con proposiciones no de ley, donde se declaran “abolicionista y en contra de la prostitución y la trata, definiéndolas como la más extrema de las violencias contra las mujeres”.


En Canarias fue aprobada en marzo en el parlamento, una PNLP-0444 con 63 votos emitidos: ningún voto en contra, ninguna abstención, 63 votos favorables.


En este momento en España, existe un proyecto de ley que se ha ido trabajando para luchar contra la trata de seres humanos, muy centrada en los fines de explotación sexual. Se encuentra en este momento en revisión en el Ministerio de Justicia, aunque toda pinta a los puntos contradictorios de la política de las socias catalanas. En la actualidad están a la espera de dictamen de los expertos. En septiembre, se prevé que se dé a conocer una primera encuesta sobre los otros tipos de feminicidios que se empezaron a contabilizar desde enero. Pero lo realmente complicado será en esta legislatura, dar luz verde a dos leyes importantes – la del aborto y la de la trata- las cuales no tienen un consenso unánime.


Esta ley también sanciona las violencias sexuales que se ejercen en el entorno digital. Es una ley integral, porque también contempla la protección y el resarcimiento de todas las víctimas de violencia sexual, independientemente de su situación administrativa, su etnia o su nacionalidad, así como a las víctimas de trata con fines de explotación sexual.


Por este motivo, las víctimas de violencias sexuales tendrán recursos a su disposición, aunque no denuncien. En este sentido de la protección, son las mujeres migrantes víctimas de violencia sexual no se les abrirá un expediente de expulsión.


“Los agresores se valían de esa superioridad y mujeres que no tienen una situación administrativa regular no iban a ir a denunciar por temor a represalias policiales o que se les incoase un expediente sancionador y una orden de expulsión”. “Es una manera de proteger a mujeres muy vulnerables, como temporeras o empleadas domésticas agredidas por sus empleadores”. Así lo señala Doña Patricia Peris Remón, como experta docente en el máster interdisciplinar en Violencia de Género, de la Universidad Internacional de Valencia.


Se ha decidido tratar desde esta ley, la protección de las niñas y los niños que sufren violencia sexual, en lugar de la ley de Infancia, porque se busca protegerles de manera más amplia ante una “violencia devastadora”. Así como la protección frente a agresiones en redes.


La nueva norma prevé la creación de centros de crisis 24 horas. Serán al menos 50, uno por cada provincia, y contarán con atención psicológica, jurídica y social para la víctima. Y por supuesto que no existe cambio social sin el énfasis en la educación. Con el afán de buscar la prevención y la sensibilización hacia la violencia sexual a través de la educación, se estipula en la ley, que el sistema educativo incluya contenidos sobre educación sexual e igualdad de género y educación afectivo sexual, para el alumano de todos los niveles educativos, adaptados a las distintas edades.


Nos queda un largo camino para que todos los mecanismos comiencen a funcionar y se pueda hacer realidad la transformación de la sociedad. Donde las mujeres y l@s ni@s seamos sujetos de derechos y no objeto de protección.


Palmira Déniz Verona es abogada, socia de la Asociación de Mujeres Juristas Themis. Organización que ha participado en el desarrollo de la ley y vocal de la comisión de Igualdad y Violencia del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas.

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