DANIEL OJEDA
Telde.- La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha dictado una sentencia de conformidad contra diez personas que en 2003 cometieron un delito continuado de estafa en concurso medial con otro de falsedad en documento mercantil. Pagaban pequeñas cantidades de dinero a toxicómanos a cambio de sus DNI, que luego utilizaban para suscribir a nombre de ellos préstamos y financiar compras de vehículos y equipos de sonido.
La sentencia, fechada el pasado 3 de abril y dictada por los magistrados Pilar Parejo Pablos, Nicolás Acosta González (ponente) y María del Pilar Verastegui Hernández, considera probado que estas diez personas -con edades comprendidas entre los 42 y 57 años y que son naturales de Telde, Las Palmas de Gran Canaria, Ingenio, Santa Lucía de Tirajana y Cádiz- contactaron con indigentes y toxicómanos que recibían pequeñas cantidades de dinero en metálico, de 20 a 60 euros, y les entregaban su DNI.
Luego, valiéndose de esta documentación, falsificaban nóminas laborales y hasta la declaración de la renta para simular que eran trabajadores en activo. Todo ello con el objetivo de suscribir diversos préstamos con el banco BBVA en su sucursal en Telde, y financiar a través del Banco Cetelem compras fraudulentas.
Dado que el caso, que en su día recayó en el Juzgado Primera Instancia e Instrucción número 6 de Telde, se ha juzgado más de catorce años después desde que se les tomara declaración a los encausados, el Tribunal ha aplicado la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, con la consiguiente rebaja en las penas.
Según el fallo, difundido este lunes por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, los diez encartados han sido condenados a penas que van de los seis a los nueve meses de cárcel, con multas aparejadas que oscilan entre los 3 y los 6 euros diarios y la obligación de entre todos indemnizar al BBVA con 68.027 euros y al Banco Cetelem con 7.826. Además, cada uno deberá abonar una doceava parte de las costas procesales.
La Audiencia también absuelve a otra persona a la que inicialmente se involucró en los hechos delictivos pero cuya autoría no ha podido ser probada. No obstante, tendrá que hacer frente a tres doceavas partes de las costas.
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