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Ricardo Redondas, director general de Salud Pública del Gobierno de Canarias, con ediles del PSOE de Telde, en un acto en San Juan (Foto TA) Ricardo Redondas, director general de Salud Pública del Gobierno de Canarias, con ediles del PSOE de Telde, en un acto en San Juan (Foto TA)

El Colegio de Enfermería exige la destitución del teldense Ricardo Redondas

Acusan al director general de Salud Pública del Gobierno de Canarias de imponer que las enfermeras administren la vacuna de la gripe sin prescripción médica

Cojeda1 Miércoles, 12 de Octubre de 2016 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD

Telde.- «Destitución inmediata». Es lo que reclama el Colegio Oficial de Enfermería de Las Palmas, presidido por Tensy Calero, para el director general de Salud Pública del Gobierno de Canarias, el teldense Ricardo Redondas, que insiste en que los profesionales de enfermería pueden administrar la vacuna de la gripe sin prescripción médica.

 

En declaraciones a Canarias7, la presidenta del Colegio de Enfermería de Las Palmas destaca la gravedad de que un cargo público de Sanidad ponga en evidencia su «desconocimiento de que España es un Estado de derecho, lo que supone el sometimiento pleno de todos, y particularmente de las administraciones públicas, a la ley». En ese sentido, Tensy Calero recuerda que el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, que regula la llamada prescripción enfermera, «forma parte del ordenamiento jurídico y es de obligado cumplimiento para todos, incluyendo, por supuesto, al director general de Salud Pública».

Agrega la presidenta del Colegio Oficial de Enfermería que Redondas «confunde el plan de vacunación con los procedimientos para su aplicación, haciendo coincidir una cosa con la otra, demostrando su poco conocimiento de la materia en la que asume una de las mayores responsabilidades del Gobierno de Canarias».

«Este Colegio», añadió Tensy Calero, «no desconoce la importancia del plan de vacunación, actividad que en todo momento hemos apoyado y apoyaremos en el futuro, habiendo colaborado en su implantación en todo el territorio de la Comunidad a través de los enfermeros que han formado parte de esta corporación desde hace bastantes décadas».

«Ello no quita», prosiguió, «que para la aplicación de cada vacuna por parte del personal de enfermería deba seguirse conforme a lo que el ordenamiento jurídico exige, lo que supone la aplicación del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre». Esa normativa «exige explícitamente que los enfermeros, para indicar, usar y autorizar las dispensación de medicamentos, como lo son las vacunas, de forma autónoma, cuenten con la debida acreditación expedida por el Ministerio de Sanidad. Por tanto, siempre será un profesional prescriptor el que determinará la aplicación del medicamento en cuestión, en función de las circunstancias particulares de cada paciente, limitándose el enfermero a su aplicación, salvo que cuente con la oportuna acreditación».

Por su parte, el Sindicato de Enfermería, Satse Canarias, afirma que, en la actualidad, las enfermeras no pueden administrar la vacuna de la gripe sin prescripción médica. De lo contrario, el profesional enfermero estaría realizando una actividad que es competencia de otro profesional según lo establecido en el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, o lo que es lo mismo, podría estar cometiendo intrusismo profesional. Responde así a las declaraciones del director general de Salud Pública del Servicio Canario de Salud (SCS), Ricardo Redondas, en las que manifestaba el pasado lunes que «las vacunas del calendario vacunal son un derecho de la ciudadanía, no una prescripción médica».

Frente a esto, Redondas se reafirma, ya que no se trata de un «tratamiento que aplicar tras un diagnóstico, lo que sí necesitaría de una prescripción médica, sino que es una estrategia de salud acordada a nivel nacional y en la que participan libremente los usuarios y pacientes del SCS».En este caso, el profesional sanitario solo «debe analizar si el ciudadano que acude cumple con el perfil para ser vacunado de la gripe», añade. «Es una prestación que no depende del profesional; es un derecho del usuario y depende de su aceptación», asevera el director de Salud Pública.

 

Fuente: Canarias7

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