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Actualizada Jueves, 05 de Febrero de 2026 a las 16:00:50 horas

Esta medida evita que los bomberos tengan que iniciar reclamaciones individualizadas / TA Esta medida evita que los bomberos tengan que iniciar reclamaciones individualizadas / TA

El Consorcio de Emergencias ingresará 182.000 euros a los bomberos por horas realizadas en exceso

El Tribunal Supremo ha reconocido que la jornada laboral debe ser de 37,5 horas semanales y no de 40

dojeda Lunes, 25 de Abril de 2022 Tiempo de lectura:

El Consorcio de Emergencias de Gran Canaria ingresará a su personal 182.000 euros por las horas realizadas en exceso desde 2017 hasta 2021 y que fueron reconocidas por el Tribunal Supremo en sentencia del pasado mayo, si bien no se pronunció sobre la compensación económica porque no fue solicitada.

"Este pago evita que los trabajadores deban iniciar reclamaciones individualizadas que alargarían el procedimiento innecesariamente puesto que lo razonable es pagarlas cuanto antes", ha apuntado en una nota el presidente del Consorcio de Emergencias, Pedro Justo Brito, tras reunirse con el Comité Ejecutivo del Consorcio que ha dado el visto bueno al pago de las horas no prescritas, es decir, las realizadas desde 2017.

El personal trabajaba 31 horas semanales hasta 2012, cuando el Estado estableció que la jornada semanal del personal público español sin excepción debía ser como mínimo de 37,5 horas para los de "especial por turnos" y de 40 para los calificados de "especial dedicación".

El Consorcio aplicó inicialmente la jornada de 37,5 horas y, posteriormente, consideró adecuado aplicar por motivos técnicos la jornada de 40 horas.

De este modo, el Tribunal Supremo dictaminó en sentencia de mayo de 2021 que la jornada que había que aplicar era la de 37,5 horas y que para aumentarla hasta 40 horas tenía que haber habido un proceso negociador con los trabajadores.

En cumplimiento de esa sentencia, el Consorcio procedió en agosto a la aplicación de la jornada de 37,5 horas, lo que suponen 1.642 horas anuales distribuidas en 67 días de trabajo y 298 de descanso.

Por otro lado, el representante legal de los trabajadores no solicitó en sus recursos la compensación económica del exceso de horas realizado hasta las 40 horas.

"El Supremo hace constar que no entra a valorar las repercusiones económicas por no haber sido planteadas. En esa situación la Administración no tiene obligación de pagarlas", se señalaba en la sentencia.

"Aún así, el Consorcio de Emergencias entiende que es su derecho cobrarlas y ha emitido los decretos necesarios para el pago de las horas en exceso no prescritas, es decir, desde 2017 hasta la entrada en vigor del nuevo horario en agosto 2021, lo que asciende a 182.000 euros que ingresará a los bomberos en una próxima nómina para evitar que tengan que iniciar reclamaciones individualizadas", concluye el comunicado. EFE

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