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Entrada a la Base Aérea de Gando (Foto Jesús Ruiz) Entrada a la Base Aérea de Gando (Foto Jesús Ruiz)

El Tribunal Supremo avala la inspección a la habitación de un cabo de la Base Aérea de Gando

La Sala absuelve a la teniente que tras un temporal accedió para comprobar daños y descubrió obras ejecutadas sin autorización

Dojeda Martes, 01 de Septiembre de 2015 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD
Telde.- El Tribunal Supremo ha avalado la absolución a una teniente de la base aérea de Gando (Gran Canaria) que entró en la habitación de un cabo primero sin su permiso para inspeccionar posibles desperfectos y se encontró con que había hecho obras en ella, e incluso construido una cocina, sin ser autorizado.
 
Según informa la Agencia Efe, la Sala de lo Militar del Supremo rechaza así un recurso interpuesto por el cabo primero a la resolución de un tribunal militar, que absolvió en diciembre de 2014 a la teniente del Ejército (ahora capitana) de un delito de extralimitación en el ejercicio del mando. La sentencia explica que los hechos se remontan a abril de 2010, cuando un temporal azotó la base aérea produciendo desperfectos, inundaciones y goteras en los edificios de los pabellones (alojamientos) de los militares.

 
Para comprobar el alcance de los mismos, se realizó una inspección de los pabellones y del de tropa se encargó la teniente, como responsable de estos edificios. Una de las habitaciones examinadas fue la del cabo primero, que en ese momento no estaba presente, pese a lo cual la teniente mandó abrir la puerta con una llave maestra. Al entrar, se encontró con que el cabo había hecho obras sin permiso, dos cuartos, y que había construido una pared de pladur, e incluso una cocina. La teniente transmitió a sus superiores las obras hechas en la habitación, que se habían realizado con el conocimiento del subteniente administrador de los pabellones pero sin la autorización del mando de la unidad. Un mes después, se requirió al cabo que desalojara la habitación -tardó un mes- y fue realojado en otra.
 
El cabo presentó una queja alegando que su superior se había extralimitado, pero se rechazó, tras lo que denunció a la teniente en el tribunal militar, que también denegó sus argumentos. El Supremo destaca que el registro estaba justificado por los desperfectos que se habían producido y que la teniente pensaba que obraba correctamente al entrar, ya que se habían colocado antes carteles anunciando la inspección.
 
Dos votos en contra
De esta sentencia se apartan, sin embargo, dos jueces de la sala, que consideran que se tenía que haber condenado a la oficial a 6 meses de cárcel por extralimitarse en sus funciones. Los magistrados aseguran en su voto particular que la teniente cometió un «exceso arbitrario» en sus funciones y vulneró la inviolabilidad del domicilio de su subordinado.
 
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