TELDEACTUALIDAD
Telde.- El próximo lunes, 27 de julio, finaliza el plazo para que el Ayuntamiento de Telde y resto de entidades locales del país presenten ante el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas las solicitudes para adherirse a los Fondos de Ordenación y de Impulso Económicos anunciados desde el Gobierno Central, después de que Madrid decidiera ampliar el plazo.
Se trata de dos mecanismos diferenciados, anunciados desde hace meses por Madrid pero que todavía no han sido puestos en marcha, y a los cuales
ya en su día el anterior Gobierno de Telde manifestó su intención de acogerse, dado que en principio no acarrearían nuevos planes de ajuste ni condicionantes adicionales a los ya aplicados en el último mandato. No obstante, también hay que recordar que el socio mayoritario del actual Pacto de Telde, Nueva Canarias, mostró su
rechazo a la medida.
En concreto, el periodo para acogerse al primero de los programas, el Fondo de Ordenación, finaliza el próximo 27 de julio. En este plan entrarían todos aquellos ayuntamientos que no puedan “refinanciarse en prudencia financiera o los que tengan pendiente la ejecución de sentencias firmes.
Asimismo, se podrá solicitar la adhesión para 2016 los ayuntamientos que se encuentren en situación de riesgo financiero según la relación que se podrá consultar previa publicación de una Resolución de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local. En este caso, el plazo queda ampliado hasta el próximo 22 de agosto.
El segundo de los mecanismos que se pondrá en marcha es el Fondo de Impulso Económico dirigido a aquellas entidades locales que necesiten atender vencimientos o ejecución de sentencias firmes en 2015. Éstas también podrán comunicar sus necesidades para 2016 en cualquiera de los supuestos posibles. El plazo para este apartado vence el próximo 22 de agosto,
Obligaciones de los ayuntamientos
Aquellos ayuntamiento que soliciten la adhesión, para 2015 o 2016, al Fondo de Ordenación deberán acompañar su respectiva solicitud con un plan de ajuste económico.
A través del Fondo de Ordenación se atenderán directamente por el Estado vencimientos de préstamos a largo plazo, vencimientos correspondientes al mecanismo de financiación de pagos a proveedores y la anualidad correspondiente a las liquidaciones negativas de la participación en los tributos del Estado.
Mientras que mediante del Fondo de Impulso Económico se atenderán directamente los vencimientos de préstamos formalizados o que se prevean formalizar que hayan financiado o financien inversiones financieramente sostenibles.
En cualquier caso, será necesario que refinancien sus operaciones de préstamo en términos de prudencia financiera según la Resolución de la Secretaría general del Tesoro y Política Financiera.
También se atenderá, en su caso, la ejecución de sentencias firmes, siempre que se cumplan las condiciones a las que se refiere el mencionado Real Decreto-ley 17/2014 respecto del Fondo de Ordenación y del Fondo de Impulso Económico, según su situación financiera, así como las establecidas en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 6/2015, de 12 de junio:
• Justificación de la existencia de graves desfases de tesorería como consecuencia de aquella ejecución.
• Dotación en el proyecto de presupuesto general del ejercicio 2016 del Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria por una cuantía equivalente al 1 por ciento de sus gastos no financieros.
Ventajas financieras y ahorro
Los municipios a los que se acepte la adhesión por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se beneficiarán de las condiciones financieras que se recogen en el Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, y en el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos del que hay un resumen publicado en la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales.
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