TELDEACTUALIDAD
Telde.- La Audiencia Provincial de Las Palmas ha dejado visto para sentencia el juicio contra el funcionario municipal y exjefe de Urbanismo en el Ayuntamiento de Telde, José Luis Mena, por un supuesto delito de falsificación de documento público. Mena ha negado ante el Tribunal todos los cargos que se le imputan. Por su parte, el Ministerio Fiscal mantiene su petición de condenar a cuatro años de cárcel y otros tantos de inhabilitación especial para empleo público al acusado.
La vista oral tenía lugar esta mañana, con retraso sobre el horario previsto, en las dependencias del nuevo Palacio de la Justicia. Mena comparecía en calidad de acusado por supuestamente incorporar un informe, presuntamente realizado a posteriori y con la fecha falsificada, al expediente urbanístico de unas viviendas en el sector de Los Alisios. Todo ello, según deduce la acusación particular del exconcejal Ildefonso Jiménez, con la intención de inculpar al que fuera edil de Nueva Canarias.
En la apertura del juicio oral celebrado este martes ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, Mena negó haber falseado el mencionado documento. Según la versión del exjefe de Urbanismo, en noviembre de 2002, una vez incoado el expediente de cédula de habitabilidad de Los Alisios, se percató de que no existía el certificado de final de obra. Momento que, según añadió, “lo único que se hace es un informe a los dos o tres días, porque me lo dice el auxiliar técnico” poniendo de manifiesto este hecho. Mena restó valor al documento firmado alegando que era, “más que un informe, una diligencia” de las que se hacen “cientos en el Ayuntamiento”, según publica el digital Canariasahora.com en la crónica del juicio
El 2005 y a petición de un ciudadano con interés en comprar una propiedad en la zona, para lo que pidió un duplicado del final de obra, continuó, se elaboraron unas diligencias debido a que el auxiliar del departamento se percató de que no existía dicho certificado, con lo que “algo no cuadraba”. Es entonces cuando dijo haber pedido que se parase y foliase el expediente y que se desarrollase una reconstrucción del mismo. “Eso es todo lo que pasó”, insistió.
Por su parte Jiménez, denunciante del presente caso, recordó que cuando firmó el decreto que permitía la edificación de las viviendas existía un informe jurídico favorable que no le consta que haya vuelto a aparecer, ya que “fue en el Juzgado cuando me percaté de que el mismo se había sustituido por uno desfavorable”.
La firma, la clave
El argumento de Mena fue puesto en duda por un perito judicial y otro de la Guardia Civil, que concluyeron de semejante forma. En el primero de los casos, afirmó haber encontrado similitudes en el “elemento impresor” del documento supuestamente expedido en noviembre de 2002 y el que se presentó en 2005 a pesar de la diferencia de años, algo que no se veía en el resto de documentos del expediente.
Tras comparar una veintena de textos firmados por Mena a lo largo de los años, dijo haber notado una evolución en su firma, que resumió en una disminución de trazos. Por este motivo, concluyó que el garabato elaborado por Mena en 2005 estaba relacionado con el que lucía en el documento que al parecer había sido elaborado tres años antes.
Una conclusión semejante a la esbozada por la perito de la Guardia Civil, que consideró las muestras analizadas como suficientes e idóneas y señaló la “completa concordancia” entre los dos documentos que definió como “coetáneos”, es decir, de la misma edad o contemporáneos.
El abogado defensor puso énfasis en tratar de desacreditar el trabajo de los peritos y, tras una tediosa batalla sobre las técnicas de la grafología en la que también intervino un perito de la Defensa, el experto judicial terminó diciendo que la prueba practicada no garantiza la culpabilidad del acusado. Algo que tampoco consigue al 100% una prueba de ADN, apostilló.
El perito de la Defensa, que se definió como un experto en la materia, consideró que la evolución temporal no puede ser esclarecedora en este caso, ya que la firma de Mena es más pictórica que gráfica y relacionó la del texto puesto en cuestión, redactado supuestamente en 2002, con otra de la misma fecha.
Sin embargo, reconoció haberse basado únicamente en nueve textos, ninguno de ellos fechado en 2005 y dejó entrever que se trataba de documentos municipales oficiales sin certificación que fueron entregados por el propio Mena al profesional, aunque más adelante reconoció no poder precisar si se trataba de fotocopias. Un aspecto, por lo tanto, que no quedó aclarado durante la vista y que, a juicio de la acusación, podría ser constitutivo de un nuevo delito por parte del acusado.
Expediente “chapucero”
La posibilidad de que se pudieran sustituir los informes del expediente municipal antes de que el mismo se foliara fue otro de los asuntos clave. Ésta quedó abierta tras la declaración de la que fuera directora de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento a principios de la pasada década, quien afirmó que en la actualidad el protocolo “es más riguroso”.
La Fiscalía hizo constar esta característica en sus conclusiones y la posibilidad de que la licencia de obra se pudiera haber extraviado. En ese sentido, la acusación particular se refirió a la “chapuza” que se hizo con el expediente municipal de las viviendas de La Garita, cuyo primer documento data de 2002 y el último de 2001. “Ni siquiera estaba ordenado por fechas”, puntualizó.
La defensa, por su parte, restó importancia al mencionado informe de 2002 elaborado por Mena, ya que el mismo no fue utilizado en la denuncia esbozada contra Jiménez en el caso Los Alisios. “Estamos ante un documento que carece de relevancia” aseveró. En este punto, recordó el informe desfavorable elaborado por un técnico de la administración en 2001 que no ha sido impugnado.
El abogado pidió la absolución de su defendido y tanto la Fiscalía como la Acusación particular ratificaron su petición de cuatro años de prisión para Mena.
Una causa abierta a raíz del caso Los Alisios
Como ya informara TELDEACTUALIDAD, Mena se enfrenta a una petición la pena de 4 años de prisión, la inhabilitación especial para ejercer el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, una multa de 20 meses con una cuota diaria de 10 euros y la inhabilitación especial para ejercer empleo público durante cuatro año, por la comisión presunta de un delito de falsedad de documento público.
Este proceso se abrió a raíz de una denuncia del exedil de Urbanismo, Ildefonso Jiménez, que acusó a Mena de fechar en 2002 un informe que en realidad hizo en 2005. Cabe recordarse que la Audiencia ya absolvió a Jiménez en el Caso Los Alisios, desde donde se desprende esta causa.
La fiscal María Eugenia Rodríguez, en el escrito de acusación que elevó al Juzgado de Instrucción número 4 de Telde en el procedimiento en el que el funcionario municipal está imputado por un delito de falsedad de documento público, considera que José Luis Mena, en su condición entonces de jefe de los servicios jurídicos de Urbanismo, “con la finalidad de alterar la verdad y la seguridad de las relaciones jurídico-administrativas”, suscribió mediante su rúbrica un informe jurídico fechado el 15 de noviembre de 2002, “que fue incorporado al expediente municipal 929/1999 en un momento que se desconoce”.
Según la fiscal, en el mencionado informe que, “en realidad fue suscrito en un momento posterior a la fecha que figura en el mismo, y más en concreto, a partir del año 2005”, Mena rechazaba la procedencia de la concesión de la cédula de habitabilidad de la vivienda de Luis Betancor Oliva, en la urbanización Los Alisios, hasta que no se subsanasen las deficiencias comunicadas en el referido expediente, relativo a la construcción de cuatro viviendas unifamiliares en el indicado complejo residencial de La Garita.
Esta causa se inició por deducción de testimonios de particulares remitido por el entonces Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Telde (actual Juzgado de Instrucción número 1), en el marcado del procedimiento abreviado de 2008 que dio lugar el pasado 9 de noviembre de 2012 a una sentencia condenatoria por el Juzgado de lo Penal número 2 de Las Palmas por un delito de prevaricación contra el entonces concejal Ildefonso Jiménez. Fallo que fue anulado posteriormente por la Audiencia, que absolvió al exconcejal de Nueva Canarias.
Para el acto del juicio oral, la representante del Ministerio Público propuso el interrogatorio del acusado, las pruebas periciales de los informes realizados por los guardias civiles y la lectura de varios folios de las actuaciones.
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