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Casas Consistoriales de San Juan (Foto TA) Casas Consistoriales de San Juan (Foto TA)

El TSJC obliga a restituir a un jefe de Servicio en su puesto

El Alto Tribunal de Canarias desestima la apelación del Ayuntamiento contra una sentencia favorable al funcionario

direojed Miércoles, 17 de Julio de 2019 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD

Telde.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento contra una sentencia que anuló en julio del pasado año el cese de un funcionario de esta institución como jefe de servicio de Servicios Municipales, Residuos y Medio Ambiente.

 

El fallo dictado el pasado 19 de marzo, del que la Junta de Gobierno de Telde tomó conocimiento en su sesión de este miércoles, condena al Consistorio al pago de las costas procesales hasta un límite de 600 euros.

 

La sentencia que cobra vigor tras la resolución del TSJC declaró la nulidad de la resolución municipal de 30 de julio de 2017 por el que se cesó a este funcionario al frente de la citada responsabilidad administrativa y condenó al Ayuntamiento a abonarle los emolumentos y complementos que dejó de percibir desde entonces, así como los intereses correspondientes.

 

La Alcaldía apartó a este empleado de las funciones de jefe de servicio de Servicios Municipales, Residuos y Medio Ambiente alegando que no las desarrollaba de forma eficaz, una decisión amparada en informes de varios departamentos que, sin embargo, el TSJC entiende que en ninguno de ellos se hace alusión a la "falta de impulso y diligencia" debida en la tramitación y resolución de los expedientes administrativos del servicio.

 

Para el Alto Tribunal Canario, el cese debe estar motivado y acreditarse que responde” a causas objetivas no vulneradoras de derechos fundamentales. “En este caso”, sostiene, “sorprende que habiendo sido nombrado el recurrente como Jefe de Servicio desde el año 2008, no sea hasta el año 2017 cuando se advierta su falta de diligencia en el desempeño de las funciones propias de su cargo”.

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