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Sábado, 21 de Febrero de 2026

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Alejandro Ramos, vicealcalde y responsable de la Asesoría Jurídica,  en una imagen de archivo (Foto TA) Alejandro Ramos, vicealcalde y responsable de la Asesoría Jurídica, en una imagen de archivo (Foto TA)

Avance: El Consistorio vuelve a ganar un proceso judicial y logra que se desestime la denuncia de una empleada por su traslado

La trabajadora solicitaba además el reconocimiento de una categoría superior a la plaza que ocupa

Cojeda2 Miércoles, 22 de Junio de 2016 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD

Telde.- La Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Telde ha vuelto a ganar un proceso judicial defendiendo los intereses públicos frente a la reclamación de una trabajadora municipal. El Juzgado de lo Social número 7 de Las Palmas de Gran Canaria ha desestimado la demanda de esta empleada que denunció su traslado por motivos organizativos del departamento de Festejos a Servicios Sociales confirmando que el Consistorio no ha vulnerado ni el convenio laboral ni los derechos de la empleada.

 

Según informa el Gobierno local, la demandante fue trasladada por motivos organizativos a Servicios Sociales en noviembre de 2015, a petición de la Concejalía de Recursos Humanos, para reforzar así la plantilla de este departamento, hecho que denunció ante el Juzgado de lo Social número 7 de Las Palmas de Gran Canaria al considerar que “se ha producido una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo”.

 

De esta manera, reclamaba “la reposición al departamento de Festejos y a las funciones de administrativo que venía desempeñando en virtud de la resolución judicial”, basándose en una sentencia anterior en la que se le reconoció el derecho a percibir la diferencia salarial durante el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2013 al 28 de febrero de 2015 en el que realizó tareas superiores a su puesto de trabajo.

 

La jueza titular asevera en su resolución del 7 de junio, a la que no ha tenido acceso este periódico digital, que “no se ha probado por la parte demandante circunstancia alguna que permita entender que se ha producido una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de la misma puesto que se atribuyen las funciones propias de un auxiliar administrativo, que es la categoría reconocida en su contrato”. La magistrada especifica que contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno. 

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