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Jueves, 04 de Diciembre de 2025

Actualizada Jueves, 04 de Diciembre de 2025 a las 12:15:48 horas

Imagen de archivo de trabajos de asfaltado en Telde (Foto TA) Imagen de archivo de trabajos de asfaltado en Telde (Foto TA)

El Consistorio debe indemnizar 65.866 euros a un trabajador por un accidente laboral ocurrido en 2007

El empleado tiene la invalidez permanente tras el suceso

cojeda Lunes, 01 de Febrero de 2016 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD

Telde.- La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado la firmeza de una sentencia que obligaba al Ayuntamiento de Telde y a una aseguradora a pagar una indemnización de 65.866 euros a un trabajador municipal que tuvo un accidente laboral en diciembre de 2007.

 

 En primera instancia se consideraba que el consistorio realizó hasta tres incumplimientos en materia de seguridad laboral. Por un lado no facilitó formación en materia de riesgos laborales, no constaba plan de prevención y además la operación no era supervisada por un superior.

 

El hombre, que tenía un contrato por obras y servicios desde el 1 de octubre de ese año, sufrió un accidente de trabajo al caer de espaldas y golpearse la zona lumbar con unos escalones. Además, quedó atrapado por un objeto pesado, ya que estaban portando entre dos empleados unos módulos de la Concejalía de Festejos de unos 40 kilogramos por una rampa, según publica Canarias7.

 

El afectado fue declarado incapacitado permanente en grado total en 2009, aunque la relación con el Ayuntamiento había concluido el 29 de diciembre de 2007.

 

El Consistorio fue condenado en primera instancia a pagar 39.359,79, que se sumaba a otros 60.101,02 que cubría la póliza de seguros. En total ascendía a 99.461 euros. Sin embargo, desde la administración local se interpuso recurso y el fallo de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de septiembre de 2014, dejó la condena en 65.866,33 euros.

 

Esta sentencia es la que deberá cumplirse ahora al rechazar días atrás el Supremo el recurso para la unificación de doctrina del afectado. 

 

El motivo de los diferentes recursos, tanto del afectado como de la administración, se centraron en los cálculos para la indemnización. El TSJC decidió rebajar la cuantía al no aplicar un recargo del 30% que sí había concedido el juzgado de primera instancia.

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