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Los hechos ocurrieron en el verano de 2016 en la playa de Melenara (Foto TA) Los hechos ocurrieron en el verano de 2016 en la playa de Melenara (Foto TA)

Dos años y seis meses de cárcel para el hombre que frotó sus genitales contra un niño en Melenara

El tribunal le aplica un atenuante de responsabilidad criminal por encontrarse bajo los efectos del alcohol

dojeda Miércoles, 23 de Mayo de 2018 Tiempo de lectura:

TELDEACTUALIDAD
Telde.- La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a Agustín Eugenio Guerra Medina a una pena de 2 años y 6 meses de cárcel por abusos sexuales contra un menor, un niño de 8 años, sobre el que frotó sus genitales en la playa de Melenara en agosto de 2016.

 

El tribunal, conformado por los magistrados José Luis Goizueta Adame, María Pilar Verástegui Hernández y Mónica Herreras Rodríguez, considera probado que la tarde del 14 de agosto de 2016, sobre las 19.30 horas, Agustín Eugenio Guerra Medina se metió en el mar, se quitó el bañador y salió corriendo desnudo detrás de unos menores que se encontraban en la playa de Melenara.

 

Entre ellos un niño de 8 años de edad que tropezó en la arena y cayó, circunstancia que permitió al condenado alcanzarlo. Al levantarlo, frotó sus genitales contra la espalda del menor “con evidente ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, frotó sus genitales con la espalda del menor”.

 

Cárcel y seguridad vigilada
El fallo establece para Agustín Eugenio Guerra Medina una pena de 2 años y 6 meses de cárcel e inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante el tiempo de condena. Y una vez abandone el centro penitenciario estará en libertad vigilada durante seis años.

 

También decreta el tribunal la inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante cinco años. Y le impone una orden de alejamiento con la prohibición de comunicarse y acercarse a menos de 500 metros.

 

Rebaja de seis meses por encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas
La sentencia, a la que ha tenido acceso TELDEACTUALIDAD, refleja que la tarde en la que Agustín Eugenio Guerra cometió el abuso sexual se encontraba con una afección leve sobre sus capacidad “intelectiva” y “volitiva” a consecuencia de haber consumido bebidas alcohólicas en las horas anteriores. En base a esto, el tribunal le aplica un atenuante de responsabilidad criminal que sirve para rebajar la condena de 3 años de cárcel que había solicitado el Ministerio Público.

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